Registrada bajo el nº 1793/08.-

  • 19/01/2008

General Juan Madariaga, 8 de mayo de 2008.-

 

 

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 510/08 Interno 5395 ref. Modelo de Ordenanza Municipal del Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs. As.; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Acción Social fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 8 de mayo de 2008;

Que, para el más eficiente progreso del referido Programa de Salud, se hace necesaria la coordinación de los servicios sanitarios que presta el Municipio con los que brindan el resto de los efectores sanitarios públicos y privados;

Que, corresponde autorizar al Departamento Ejecutivo par que adhiera a la/s Unidades Sanitaria/s y al Hospital Municipal al Sistema de Atención Médica Organizada, llevado a cabo en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

 ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.-  Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la suscripción de adhesión al Sistema de Atención Médica Organizada (S.A.M.O.), implementado por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, sobre la base de lo dispuesto por el Decreto Ley 8.801/77, reglamentado por Decreto 1.158/79.-

 

ARTICULO 2º.- Compréndese en la adhesión autorizada la/s unidad/des Sanitarias y Hospital Municipal local.-

 

ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL OCHO.-

 

Registrada bajo el nº 1793/08.-