Registrada bajo el nº 1834/08.-

  • 19/01/2008

General Juan Madariaga, 28 de agosto de 2008.-

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 1653/08 Interno 5493 ref. Convenio de colaboración; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de agosto de 2008;

Que, a fs. 1/2 obra Convenio de Colaboración en aplicación de lo dispuesto en las Leyes nros. 20429 y 26216 y en los Decretos nros. 395/75 y 483/07 sobre implementación del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego;

Que, obran dictámenes de la Secretaría de Hacienda y de la Dirección de Asuntos Legales a fs. 8/9 donde no encuentran observaciones que realizar al respecto;

Que, se remite al mencionado Cuerpo Legislativo, para su correspondiente convalidación;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Convalídase el Convenio de Colaboración suscripto entre el Registro Nacional de Armas y el Municipio de General Juan Madariaga para la implementación del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego – Ley 26.216, obrante a fs. 1/2 del Expediente nro. 1653/08.-

 

ARTICULO 2º.- Se incorpora a la presente el convenio de fs. 1 y 2 del referido expediente como Anexo I.-

 

ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL OCHO.-

 

Registrada bajo el nº 1834/08.-