ACUERDO COMPLEMENTARIO

  • 18/01/2011

ACUERDO COMPLEMENTARIO



La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Señor Director Ejecutivo, Lic. Martín Di Bella; en adelante LA AGENCIA por una parte y el Municipio de General Madariaga representada por el Señor Intendente Municipal Sr. Cristian Popovich, en adelante “EL MUNICIPIO” convienen en celebrar el presente Acuerdo Complementario en el marco del Convenio de Colaboración y Gestión Territorial suscripto entre las partes el día 8 (ocho) de julio de 2008, en orden a las siguientes consideraciones:

Que el Decreto Ley nº 9533/80, establece que aquellos bienes del dominio privado del Estado Provincial que la Ley encuadra como reservas, sobrantes, excedentes y remanentes fiscales, deben ser transferidos a las Municipalidades en las cuales se encuentren ubicados territorialmente salvo que en dichos bienes funcionen servicios públicos provinciales.

Que el proceso de regularización comprende el trabajo coordinado entre LA AGENCIA y EL MUNICIPIO a fin de relevar el territorio, para identificar el estado de situación, la utilidad Municipal o Provincial, lo cual permitiría evaluar la transferencia del bien.

Por ello, las partes acuerdan las siguientes cláusulas:


PRIMERA: LA AGENCIA se compromete a realizar a través de la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano, Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial, Gerencia de Gestión e Información Territorial Multifinalitaria, a requerimiento de EL MUNICIPIO, trabajos de mensura de tierras fiscales, para el cumplimiento de lo prescripto por el Decreto Ley nº 9533/80.-

SEGUNDA: LA AGENCIA tendrá a su cargo la ejecución de las tareas de mensura que EL MUNICIPIO le encomiende, las cuales comprenden la actividad de campaña, gabinete y confección de planos de mensura correspondientes a las parcelas a identificar la posterior tramitación hasta su aprobación definitiva, la provisión de copias aprobadas de las planimetrías resultantes, como así también la confección de los revalúos y la correspondiente registración. La dirección de la tarea en campaña se estimará conforme la magnitud y complejidad de las tareas encomendadas.-

TERCERA: LA AGENCIA finalizadas las tareas descriptas en la cláusula que antecede y hecho el cálculo y dibujo de los bienes que conformarán el Proyecto de Planos, remitirá el mismo a EL MUNICIPIO, Autoridad del Agua, Dirección Provincial de Vialidad y Dirección Provincial de Geodesia. Asimismo la Gerencia de Gestión e información Territorial Multifinalitaria de ARBA registrará los visados correspondientes de cada uno de ellos.

CUARTA: Cumplida la aprobación y registración del plano pertinente, LA AGENCIA procederá a la confección del Acto Administrativo de Transferencia a EL MUNICIPIO de acuerdo a lo previsto por el articulo 6º del Decreto Ley nº 9533/80.-

QUINTA: LA AGENCIA se compromete a suministrar dentro de su ámbito de competencia a EL MUNICIPIO la documentación y/o relevamiento geográfico, que este le requiera para la planificación de la gestión territorial en atención a las necesidades sociales de su jurisdicción.-

SEXTA: EL MUNICIPIO abonará a LA AGENCIA por las tareas realizadas y descriptas en el presente Acuerdo, los VIATICOS correspondientes al personal por la cantidad de días trabajados, que serán definidos de conformidad al régimen vigente.-

Dicho pago será abonado, por parte de EL MUNICIPIO en etapas y a requerimiento de la Gerencia de Gestión e Información Territorial Multifinalitaria de LA AGENCIA y en la Cuenta nº 51149/8 “ARBA – Ingreso de fondos por servicios prestados a terceros” CBU 0140999801200005114989.

SEPTIMA: Para toda cuestión referida a la Interpretación, aplicación y alcance de este Acuerdo las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales del Departamento Judicial La Plata, con competencia en la materia contencioso administrativa, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder constituyendo los siguientes domicilios LA AGENCIA en la calle 45 entre 7 y 8, 1º Piso de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires y EL MUNICIPIO en la calle Hipólito Irigoyen nº 347 de la localidad de General Madariaga, Provincia de Buenos Aires.-


En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de a los días del mes de de dos mil diez.-