Registrada bajo el nº 1839/08

  • 19/01/2008

General Juan Madariaga, 11 de septiembre de 2008.-

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 1861/08 Interno 5506  ref. Convenio Ministerio de Justicia y Municipios; y

 

CONSIDERANDO:

Que tratado sobre tablas fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 11 de septiembre de 2008;

Que el Ministerio a través de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas tiene a su cargo la legitimación, registración, fiscalización y disolución de sociedades civiles y  demás modalidades asociacionales que reconozca la legislación de fondo;

Que, dicho organismo provincial, en virtud del los artículos 10º y 11º del Decreto Reglamentario 284/77, debe actuar en conjunto con los Municipios en materia de cancelación de la personería jurídica de asociaciones civiles y en lo concerniente a la designación de interventores;

Que, conforme el alcance de los Arts. 107, 108 inc. 11 y 14 del Decreto Ley 6769/58 ponen en cabeza del Sr. Intendente Municipal la administración general de El Municipio a la vez que lo facultan para representarlo ante la Provincia y celebrar  contratos;

Que, resulta necesario y conveniente procurarse apoyo recíproco en las tareas que sus respectivas competencias les señalan en materia de fiscalización de entidades cuyo objeto principal es el bien común;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Gral. Juan Madariaga, que obra a fs. 2/6 del presente.-

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL OCHO.-

 

 

Registrada bajo el nº  1839/08