Registrada bajo el nº 1677/07.-

  • 20/01/2007

General Juan Madariaga, 8 de febrero de 2007.-

 

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 1957/06 Interno 5168 ref. integración a Red Única Provincial de Comunicación de Datos; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 8 de febrero de 2007;

Que, el mismo tiene como objeto intercomunicar a todos los Municipios con el Gobierno Provincial, sus Delegaciones y Oficinas y con unos 1200 puntos de conexión, brindando acceso seguro a Internet y a un canal de voz por Municipio que le posibilitará integrar sus comunicaciones telefónicas con la de todos los restantes;

Que, el Municipio se compromete a brindar un lugar exclusivo para funcionamiento del Sub Centro, como así también se designará al menos dos agentes como responsables y que cumplirán funciones de nexo con la Dirección Provincial de Informática y Telecomunicaciones;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de Gobernación de la Provincia de Buenos Aires el Acuerdo de Cooperación Mutua para el Fortalecimiento de la Red Única Provincial de Comunicación de Datos, obrante a fs. 10/21 del Expediente nº 1957/06.-

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL SIETE.-

 

Registrada bajo el nº  1677/07.-