Registrada bajo el nº 1687/07.-

  • 20/01/2007

General Juan Madariaga, 22 de marzo de 2007.-

 

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 128/07 Interno 5197 ref. Transformación de canales de atención de ANSES en Unidades de Atención Integral (UDAI); y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 22 de marzo de 2007;

Que, de acuerdo a la Resolución nro. 859 dictada por ANSES se autoriza la transformación de la oficina existente en nuestra ciudad en Unidades de Atención Integral (fs. 1/3);

Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos informa que no existe capacidad edilicia libre en el Municipio para cumplimentar lo solicitado, poniendo en conocimiento que se halla vacante un local ubicado en calle Martínez Guerrero entre Echeverría y 9 de Julio de esta ciudad (5);

Que, obra agregado a fs. 16/19 Contrato de Locación con la Sra. María Elena Caré del inmueble catastralmente identificado como Circ. I – Secc. B – Parc. 3 a – Unidad Funcional 15  - Mza. 80 b – Lote 55447;

Que, existe dictamen de la Dirección de Asuntos Legales informando que el Contrato debe Ser autorizado por el Concejo Deliberante (fs. 12/13);

Que, la Contaduría Municipal a fs. 20, manifiesta que el mismo debe ser enviado al Cuerpo Colegiado, a fin de autorizar al D.E. a comprometer fondos de ejercicios futuros, tal como lo establece el art. 273 de la L.O.M.;

Que, a fs. 21 el Departamento de Administración Financiera informa que en el presupuesto vigente se contempla el gasto de alquiler de un inmueble para el funcionamiento del Anses;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

 ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Contrato de Locación de inmueble con la Sra. María Elena Caré para el funcionamiento de la oficina de  ANSES, obrante a fs. 16/19 del expte. nro. 128/07, que forma parte de la presente.-

 

ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar los créditos presupuestarios de ejercicios futuros, de acuerdo al Articulo 273º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

 

ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL SIETE.-

 

Registrada bajo el nº 1687/07.-