Registrada bajo el nª 1696/07.-

  • 20/01/2007

General Juan Madariaga, 10 de mayo de 2007.-

 

 

 

VISTO: Expte. Interno 5210 iniciado por el Bloque Movimiento Evita en el Frente para la Victoria ref. residuos operados por la coordinación ecológica área metropolitana soc. del Estado (CEAMSE); y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 10 de mayo de 2007;

La Ley Nacional nº 25.675/02, estableciendo presupuestos mínimos para el logro de la gestión sostenible del ambiente, por lo cual se debe promover hoy el mejoramiento de la calidad de vida, para que las futuras generaciones no hereden pasivos ambientales irreparables,
Lo establecido por la Ley Provincial nº 11.723/95 fijando mecanismos de gestión municipal que entendemos para a) la reducción en la generación de residuos por habitante a través de la educación ambiental, b) la recuperación de materia o energía, c) la clasificación de los residuos domiciliarios en orgánicos, inorgánicos y peligrosos domiciliarios;

Que la situación emergente de la Provincia de Buenos Aires respecto a la disposición final de los residuos de la Ciudad Autónoma y del Conurbano Bonaerense y la amenaza de buscar por parte del CEAMSE la posibilidad de instalar mega rellenos, en alguna localidad del interior de la Provincia de Buenos Aires pone en alerta a nuestra comunidad;

Que es de conocimiento público que los residuos que generamos todos los habitantes representan (en la fracción orgánica e inorgánica) los insumos necesarios para el buen funcionamiento de Plantas Municipales de Reciclaje de Residuos Domiciliarios;

Que las Plantas de Reciclaje de Residuos Domiciliarios permiten incorporar a recuperadores informales de residuos como operarios;

Que además al producir y comercializar compost  se mejoran las propiedades físicas del suelo, se favorece la estabilidad de la estructura de los agregados al suelo agrícola, aumenta la capacidad de retención de agua en el suelo, se obtienen suelos más esponjosos y con mayor retención de agua, mejora también las propiedades químicas, aumenta el contenido en macro nutrientes y micro nutrientes, la capacidad de intercambio catónico y es fuente y almacén de nutrientes para los cultivos, mejora la actividad biológica del suelo. Actúa como soporte y alimento de los microorganismos ya que viven a expensas del humus y contribuyen a su mineralización;

Que el Bloque del Movimiento Evita, por todo lo anterior se hace eco de esta problemática y en virtud de ello considera a los residuos domiciliarios como un insumo para el funcionamiento de plantas de separación, clasificación y reciclaje de residuos domiciliarios, generando trabajo, desterrando en consecuencia los basurales a cielo abierto, fuente de contaminación para las generaciones actuales y futuras,  permitiendo un desarrollo urbano sostenible económico, social y ambiental;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Prohíbase en el Partido de General Madariaga el ingreso y enterramiento de residuos operados por la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado denominada CEAMSE.-

 

ARTICULO 2º.- Declárese a los residuos sólidos domiciliarios orgánicos e inorgánicos un insumo.-

 

ARTICULO 3º.- Envíese copia de la presente a todos los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL SIETE.-

 

Registrada bajo el nª 1696/07.-