Registrada bajo el nº 1728/07.-

  • 23/01/2007

General Juan Madariaga, 30 de agosto de 2007.-

 

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 917/07  Interno 5265 ref. Convenio marco de Cooperación Derecho de los Niños; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 30 de agosto de 2007;

Que, a través del convenio se establecen acciones de cooperación para la consolidación del sistema de Promoción y Protección  Integral de los Derechos de los Niños;

Que, para tal fin el Municipio se obliga a promover la organización del Consejo Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño;

Que, en tal sentido corresponde al Cuerpo Colegiado Municipal, la correspondiente convalidación;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Convalídase el Convenio suscripto entre esta Municipalidad y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, Comisión Interministerial para la Promoción y Protección de los Derechos del Niño, para la consolidación del Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños, obrante a fs. 1 del Expte. 917/07, el cual forma parte de la presente.-

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL SIETE.-

 

Registrada bajo el nº 1728/07.-