Registrada bajo el nº 1728/07.-
- 23/01/2007
General Juan Madariaga, 30 de agosto de 2007.-
VISTO: Expte. del D.E. nº 917/07 Interno 5265 ref. Convenio marco de Cooperación Derecho de los Niños; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 30 de agosto de 2007;
Que, a través del convenio se establecen acciones de cooperación para la consolidación del sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños;
Que, para tal fin el Municipio se obliga a promover la organización del Consejo Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño;
Que, en tal sentido corresponde al Cuerpo Colegiado Municipal, la correspondiente convalidación;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Convalídase el Convenio suscripto entre esta Municipalidad y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, Comisión Interministerial para la Promoción y Protección de los Derechos del Niño, para la consolidación del Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños, obrante a fs. 1 del Expte. 917/07, el cual forma parte de la presente.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL SIETE.-
Registrada bajo el nº 1728/07.-