Registrada bajo el nº 1744/07.-

  • 23/01/2007

General Juan Madariaga, 22 de noviembre de 2007.-

 

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 1902/07 Interno 5316 ref. Cédula de Notificación López c/ Municipalidad; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 22 de noviembre de 2007;

Que, en los mismos obran antecedentes de la demanda promovida en los autos caratulados “López Martínez Juana Oliva c/ Municipalidad de General Juan Madariaga y otros s/ daños y perjuicios”, de trámite ante el Juzgado de 1º Instancia en los Civil y Comercial nº 3, Sec. Unica, Departamento Judicial Dolores;

Que, el Asesor Letrado de esta Municipalidad se excusa de intervenir en los mismos dado su intervención como Letrado de Juana Oliva López Martínez, en un juicio particular de usucapión;

Que, por ello se hace necesario e imprescindible la designación de un profesional del derecho que represente a la Municipalidad en dicho conflicto;

Que, la Dra. María José Amigorena (Abogada) se encuentra prestando servicios en la Dirección de Asuntos Letrados pudiendo cumplir con la tarea profesional indicada precedentemente;

Que, al organismo legislativo municipal corresponde la pertinente convalidación del Decreto nº 885/07 del D.E.;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

 ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Convalídase el Decreto nº 885, de fecha 9 de octubre de 2007, por el cual se designa a la Dra. María José Amigorena para que actúe en los autos caratulados “López Martínez Juana Oliva c/ Municipalidad de General Juan Madariaga y otros s/ daños y perjuicios”, en representación de la Municipalidad.-

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE.-

 

Registrada bajo el nº 1744/07.-