Registrada bajo el nº 1744/07.-
- 23/01/2007
General Juan Madariaga, 22 de noviembre de 2007.-
VISTO: Expte. del D.E. nº 1902/07 Interno 5316 ref. Cédula de Notificación López c/ Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 22 de noviembre de 2007;
Que, en los mismos obran antecedentes de la demanda promovida en los autos caratulados “López Martínez Juana Oliva c/ Municipalidad de General Juan Madariaga y otros s/ daños y perjuicios”, de trámite ante el Juzgado de 1º Instancia en los Civil y Comercial nº 3, Sec. Unica, Departamento Judicial Dolores;
Que, el Asesor Letrado de esta Municipalidad se excusa de intervenir en los mismos dado su intervención como Letrado de Juana Oliva López Martínez, en un juicio particular de usucapión;
Que, por ello se hace necesario e imprescindible la designación de un profesional del derecho que represente a la Municipalidad en dicho conflicto;
Que, la Dra. María José Amigorena (Abogada) se encuentra prestando servicios en la Dirección de Asuntos Letrados pudiendo cumplir con la tarea profesional indicada precedentemente;
Que, al organismo legislativo municipal corresponde la pertinente convalidación del Decreto nº 885/07 del D.E.;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Convalídase el Decreto nº 885, de fecha 9 de octubre de 2007, por el cual se designa a la Dra. María José Amigorena para que actúe en los autos caratulados “López Martínez Juana Oliva c/ Municipalidad de General Juan Madariaga y otros s/ daños y perjuicios”, en representación de la Municipalidad.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE.-
Registrada bajo el nº 1744/07.-