Registrada bajo el nº 1752/07 Ref. Adecuación de partida.-
- 04/12/2007
General Juan Madariaga, 4 de diciembre de 2007.-
VISTO: Expte. del D.E. nº 2301/07 Interno 5336 ref. Adecuación de Partida; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 4 de diciembre de 2007;
Que el exceso producido en las Partidas detalladas a fs. 1 Artículo 1º se compensa con las economías de las Partidas detalladas en el Artículo 2º de la misma foja;
Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 de la L.O.M. dicha Compensación de Partidas deben ser aprobadas por el H.C.D.;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Amplíase el crédito de las siguientes Partidas:
1110101000 01.00.00 3.5.0.0. transferencias 3.800
1110102000 01.00.00. 1.4.0.0 Asignaciones fam. 12.000
1110102000 01.00.00. 2.9.0.0. Otros bienes 6.000
1110102000 01.00.00. 2.7.0.0. Productos met. 1.200
1110102000 01.00.00. 3.5.0.0. transferencias 2.500
1110102000 01.00.00. 3.1.0.0. Servicios 20.000
1110102000 45.00.00. 1.2.0.0. Productos Alim. 10.000
1110102000 45.00.00. 3.5.0.0. Serv. Comerciales 33.000
1110103000 18.00.00. 3.1.0.0. Servicios 6.000
1110102000 18.00.00. 2.9.0.0. Otros bienes 9.000
1110102000 51.80.00. 4.2.2.0. Construcciones 54.500
1110103000 19.00.00 3.1.0.0. Servicios 30.000
1110106000 24.00.00. 5.1.0.0. transferencias 50.000
1110110000 30.00.00. 3.1.0.0. servicios 1.500
1110104000 16.00.00. 1.2.0.0. Personal Temp. 98.700
1110104000 16.00.00. 1.3.0.0. Serv. Ext. 16.300
TOTAL 354.500
ARTICULO 2º.- Las ampliaciones realizadas en el artículo anterior se financiarán con economías de las siguientes Partidas:
1110102000 45.00.00 Fuente 110 3.7.0.0. Pasajes y viat. 5.000
1110102000 45.00.00 Fuente 110 5.1.0.0. transferencias 20.000
1110102000 01.00.00. Fuente 110 3.2.0.0. Alquileres 5.000
1110103000 18.00.00. Fuente 110 3.2.0.0. Alquileres 20.000
1110103000 18.00.00 Fuente 110 3.3.0.0. Mantenimiento 9.000
1110103000 18.00.00. Fuente 110 3.7.0.0. Pasajes y viat. 2.000
1110103000 20.00.00. Fuente 110 3.3.0.0. Mantenimiento 8.000
1110103000 22.00.00. Fuente 110 3.3.0.0. Mantenimiento 10.000
1110103000 51.54.00 Fuente 110 3.4.0.0. Servicios 37.000
1110103000 51.79.00. Fuente 110 1.2.0.0. Personal Temp. 10.000
1110107000 93.00.00. Fuente 110 7.6.0.0. Dism. De Cuen. 120.000
1110107000 92.00.00. Fuente 110 7.6.0.0. Dism. De Cuen. 85.500
1110101000 30.00.00. Fuente 110 4.3.0.0. Maquinarias 3.000
1110102000 01.00.00. Fuente 110 1.1.0.0. Personal Perm. 20.000
TOTAL 354.500
ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL SIETE.-
Registrada bajo el nº 1752/07.-