Registrada bajo el nª 1606/06.-
- 24/01/2006
VISTO: Expte. Interno 4990 iniciado por los Bloques integrantes del H.C.D. ref. sentido de circulación y estacionamiento vehícular; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 2 de febrero de 2006;
Que la Ordenanza 1585/05 fue aprobada por unanimidad por este H.C.D. en Sesión Ordinaria del 27 de octubre de 2005;
Que dicha Ordenanza ha modificado el sentido de circulación de algunas calles de nuestra ciudad;
Que analizada nuevamente la norma se advierte la inconveniencia del sentido de estacionamiento de algunas calles;
Que dada la aprobación de la Ordenanza de Dársenas de Estacionamiento transitorio en la vía pública es conveniente adecuar la normativa vigente;
Que esta iniciativa contempla el ordenamiento del sentido de estacionamiento en las calles de nuestra ciudad;
Que es necesario realizar la modificación de los artículos 7 y 8 de la Ordenanza 1585/05 en su capítulo 2º, referido a estacionamiento vehicular;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Modifícase el Artículo 7º de la Ordenanza 1585/05, el cual queda redactado de la siguiente forma:
En las calles de la ciudad que cuenten con dos trochas de pavimento y tengan asignado doble sentido de circulación, se estacionará como se indica en cada una de ellas.
- Rivadavia en toda su extensión de Sur a Norte sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.
- Etchegaray entre Saavedra y Av. Bs. As. de Oeste a Este sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.
- Sarmiento entre Tuyú y Colón de Sur a Norte sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.
- Saavedra entre Av. Tuyú y Colón de Sur a Norte sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.
- Colón entre Saavedra y Av. Bs. As. de Oeste a Este sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.¨
- Zoppi entre Saavedra y Av. Bs. As. de Este a Oeste sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.-
- Almafuerte entre Av. Bs. As. y Belgrano de Este a Oeste sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.-
- Libertad entre M. Guerrero y Rivadavia de Este a Oeste sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.-
ARTICULO 2º.- Modifícase el Artículo 8º de la Ordenanza nº 1585/05 el cual queda redactado de la siguiente forma:
“En las calles de la Ciudad que cuenten con dos trochas de pavimento y tengan asignadas un solo sentido de circulación, los vehículos automotores y otros deberán estacionar arrimados en forma paralela al cordón de la vereda y sobre el lado derecho, según el sentido de circulación. Salvo en los trayectos en que hubiera dársenas de estacionamiento transitorio, invadiendo espacios de vereda, donde se estacionará de acuerdo a la Ordenanza de Dársenas Transitorias de Estacionamiento nº 1605/06.”
ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL SEIS.-
Registrada bajo el nª 1606/06.-