Registrada bajo el nº 1608/06.-.

  • 24/01/2006

General Juan Madariaga, 2 de febrero de 2006.-



VISTO: Expte. del D.E. nº 106/06 Interno 4986 ref. Subsidio y/o créditos pare Emprendimientos Productivos; y 

CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 2 de febrero de 2006; 
Que, es necesario otorgar créditos a nuevos emprendimientos productivos que tiendan a satisfacer necesidades colectivas;
Que, el H.T.C. de la Pcia. de Bs. As. ha dictaminado a requerimiento de la Municipalidad de Rauch (Exp. 409-4572/02) y de esta Municipalidad (Exp. 4046-0010/05), la factibilidad y viabilidad del otorgamiento de préstamos, considerando que la operatoria que se pretende implementar es factible en la doctrina actual;
Que, es necesario fijar pautas mínimas que deben cumplir aquellos productores o microempresarios, para acceder a créditos provenientes de fondos municipales;
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:


ORDENANZA


ARTICULO 1º: Autorízase al D.E. a otorgar préstamos a microempresarios y/o productores con fondos municipales que al efecto se destinen.-

ARTICULO 2°: Los interesados deberán cumplir con los requisitos del “Reglamento de Créditos” que forma parte de la presente como Anexo I a fojas 11 y 12 del Expte. del D.E. 0106/06.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL SEIS.-

Registrada bajo el nº  1608/06.-.