Registrada bajo el nº 2091/11.-

  • 18/01/2011

General Juan Madariaga, 28 de julio de 2011.-




VISTO: Expte. del D.E. nº 1540/11 Interno 6220 ref. 2º Addenda 11 viviendas; y


CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de julio de 2011;

Que, no existen observaciones técnicas, legales o contables que realizar a la citada ADDENDA según consta en el expediente;

Que la ADDENDA es el instrumento administrativo/contable/legal adecuado para perfeccionar lo actuado de forma y de fondo;

Que dado el tiempo transcurrido entre la cotización inicial y la fecha actual de efectiva construcción de las obras, la actualización de las fuentes de financiación facilitar y favorecen la adecuada evolución de los trabajos;

Que es facultad del H.C.D. aprobar las modificaciones y/o ampliaciones de los Convenios vigentes según lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades en su articulado concordante;

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:


ORDENANZA


ARTICULO 1º.- Convalídase la modificación y ampliación del valor contractual fijado en el Convenio nº 09-059/10 suscripto entre esta Municipalidad de Gral. Juan Madariaga y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, para la realización de 11 viviendas de interés social a ejecutarse en el predio municipal ubicado entre las calles: Costa Rica, México, Panamá y E.E.U.U. de esta ciudad, convalidado por la Ordenanza Municipal nº 2048/11, autorizándose al Departamento Ejecutivo Municipal a perfeccionar el acto suscribiendo con el Instituto de la Provincia de Buenos Aires, la ADDENDA cuyo texto modelo consta a fojas 1 y 2 del Expte. nº 1540/11, fijando al día de la fecha un valor total de obra actualizado de pesos un millón catorce mil quinientos cuarenta ($ 1.014.540).-


ARTICULO 2º.- Se adjunta el referido convenio , la addenda al convenio nº 09-059/10, que forma parte de la presente.-


ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.=


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL ONCE.-


Registrada bajo el nº 2091/11.-