Registrada bajo el nº 1622/06.-

  • 24/01/2006

General Juan Madariaga, 15 de junio de 2006.-

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 366/06 Interno 5052 ref. Convenio Plan Toros; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Especial celebrada el pasado15 de junio de 2006;

Que el Ministerio de Asuntos Agrarios se compromete a otorgar un subsidio, destinado al pago de veterinarios privados intervinientes, que contempla los honorarios profesionales, el costo de los análisis de laboratorios de la red provincial, materiales e instrumentales que utilicen para el desarrollo de la tarea consistente en identificar los toros aptos para el servicio mediante revisación clínica sistemática, a los que se le controlará la presencia de tricomoniasis, compylobacterosis y brucelosis, difundiéndose prácticas sanitarias de manejo reproductivo acordes al sistema de producción y se aconsejará la eliminación de toros no aptos y su reemplazo por reproductores de alta calidad genética, todo ello para los productores agropecuarios radicados en este Distrito;

Que a fs. 5 el Secretario de Producción contempla la necesidad de dichos productores de nuestra ciudad de cumplir los programas de controles sanitarios señalando que es necesario hacerlo cuanto antes para poder ingresar los toros aptos en la temporada entrante;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Convalídase en todos sus términos el Convenio firmado entre el Ministerio de Asuntos Agrarios, la Municipalidad de Gral. Madariaga y el Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires que figura a fojas 1 a 4 del Expte. del D.E. nº 366/06 y forma parte de la presente, el cual tiene como objetivo la entrega por parte del Ministerio de Asuntos Agrarios de un subsidio, y la provisión por parte de la Municipalidad de Gral. Madariaga, a productores de nuestro Distrito del control veterinario del plantel de toros de su propiedad, mediante revisación clínica sistémica.-

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL SEIS.-

 

Registrada bajo el nº 1622/06.-