Registrada bajo el nº 1630/06.-

  • 24/01/2006

General Juan Madariaga, 13 de julio de 2006.-

 

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 766/06 Interno 5055 ref. 1º etapa Pavimento 31 cuadras; y

 

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Tierras, Obras y Servicios y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 13 de julio de 2006;

El Convenio Marco firmado entre el Ministerio de Planificación Federal,  Inversión Pública y Servicios de la Nación y la Municipalidad de General Juan Madariaga para la percepción de los recursos económicos para la pavimentación de 70 cuadras de nuestra ciudad;

Que el Convenio Marco fue homologado por el H.C.D. por Ordenanza 1597/05;

Que dada la diversidad y variedad de las obras, es conveniente plantear los trabajos en etapas compatibles con la capacidad de gestión acorde a los recursos existentes;

Que según la propuesta efectuada por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, podría materializarse una primera etapa que contemple 31 cuadras ubicadas en un sector de la ciudad donde puedan aglutinarse por nivel de terminación y cercanía de los trabajos;

Que es facultad del H.C.D. autorizar las calles a pavimentar;

Que del cumplimiento de todos estos requerimientos legales, técnicos y administrativos surgirá la posibilidad de firmar un Convenio Específico con el Ministerio de Obras Públicas de la Nación;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a pavimentar las siguientes calles:

 

-         16 cuadras de la Av. Catamarca, desde calle 33 hasta calle 49, ambas manos.

-         1 cuadra de la calle M. Ituño desde Saavedra hasta Av. Buenos Aires

-         2 cuadras de la calle Alberti, desde El Tala hasta Echeverría

-         2 cuadras de la calle Zubiaurre entre Jardín de Infante nº 906 y la Avda. Catamarca.

-         2 cuadras de la calle Etchegaray entre Saavedra y Avda. Buenos Aires.

-         2 cuadras de la calle Arias entre Avda. Tuyú y Zubiaurre.

-         1 cuadra de la calle 20 de noviembre entre Etchegaray y Zubiaurre.

-         1 cuadra de la calle Alberti entre Avda. Tuyú y Etchegaray.

-         1 cuadra de la calle Mitre entre Avda. Tuyú y Etchegaray.

-         1 cuadra de la calle Mármol entre Rivadavia y Moreno

-         1 cuadra de la calle Libertad entre Rivadavia y Moreno.

-         1 cuadra de la calle Independencia entre Rivadavia y Moreno.

 

 

ARTICULO 2º.- Declárese las obras de “Interés Municipal y Utilidad Pública”.-

 

ARTICULO 3º.- El gasto que demande la realización de las obras autorizadas por medio de la presente, será devengado del presupuesto de gastos en vigencia al momento de la ejecución de las obras, pudiendo construírse la misma en etapas, de acuerdo al recurso disponible.-

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL SEIS.-

 

Registrada bajo el nº 1630/06.-