Registrada bajo el nº 1632/06.-

  • 24/01/2006

General Juan Madariaga, 13 de julio de 2006.-

 

 

 

VISTO: Expte. Interno 5036 iniciado por el Bloque Evita en el Frente para la Victoria ref. Homenaje al Dr. Ramón Carrillo; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 13 de julio de 2006;

Que este año se celebra el centenario del nacimiento del Dr. Ramón Carrillo;

Que es necesario un homenaje a quien fuera uno de los grandes médicos argentinos y prácticamente el impulsor de la medicina sanitarista en la República Argentina;

Que fue el creador del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de la Nación, su labor fue de gran trascendencia pues no solo abarcó el país sino que se proyectó a toda América Latina y el mundo, de modo tal que sus principios constituyen una de las bases de la Organización Mundial de la Salud, en especial cuando se declara a la salud como un derecho inalienable de los pueblos y obliga al Estado a garantizarlo de forma indelegable;

Por ello; el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

 ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Denomínase al Barrio en construcción comprendido entre las calles 49, 8, 41 y 12 con el nombre de Dr. Ramón Carrillo.-

 

ARTICULO 2º.- Forman parte de esta Ordenanza los Anexos I, II y III (Artículo de la Revista Electroneurobiología; Ramón Carrillo, el gran sanitarista Argentino y Biografía).-

 

ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL SEIS.-

 

Registrada bajo el nº 1632/06.-