Registrada bajo el nº 1638/06.-
- 24/01/2006
General Juan Madariaga, 10 de agosto de 2006.-
VISTO: Expte. Interno 5063 iniciado por el Bloque Frente para la Victoria ref. Modificación de la Ordenanza nº 1585/05; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 10 de agosto de 2006;
El recorrido de salida de la Empresa Montemar;
Que la calle Moreno no ingresa de forma perpendicular en la Av. Rimondi;
Que este accidente dificulta del lado oeste;
Que del lado este la profunda vegetación que rodea una instalación deportiva, produce similar efecto;
Que el tránsito de este a oeste en la Av. Rimondi es detectado por quienes avanzan por Moreno en el momento casi de la encrucijada;
Que sobre la Av. Rimondi funciona un establecimiento comercial de venta de accesorios y reparación de vehículos motores;
Que también sobre dicha arteria desarrolla actividades un comercio dedicado a la gastronomía;
Que la actividad de estos comercios, genera por momentos, la concentración de vehículos de gran porte, e incluso, algunos con acoplado;
Que por la Av. Rimondi el tránsito en ambas manos es fluido y veloz;
Que a consecuencia de lo detallado la intersección de Moreno y Rimondi es motivo, a veces, de complicadas y riesgosas maniobras de tránsito;
Que a quienes mas preocupa esta conflictiva situación de tránsito es a los conductores de la Empresa Montemar;
Que debido a la gran cantidad diaria de servicios de esta Compañía, sus unidades deben sortear el lugar con diferencia de escasos minutos;
Por ello; el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Incorpórese al Capítulo IV, articulo nº 19 de la Ordenanza nº 1585/05 que reglamenta el recorrido de salida del Transporte de Media Distancia, el inciso c), el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Desde Estación Terminal por Belgrano hasta H. Irigoyen, por H. Irigoyen hasta calle Moreno, por Moreno hasta Libertad, por Libertad hasta M. Guerrero, por M. Guerrero hasta Pellegrini, por Pellegrini a Ruta 74.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL SEIS.-
Registrada bajo el nº 1638/06.-