Registrada bajo el nº 1640/06.-

  • 24/01/2006

General Juan Madariaga, 10 de agosto de 2006.-

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 1218/06 Interno 5086 ref. Ordenanza Denominar al Barrio de Calle 49, 8, 41 y 12 con el nombre de Dr. Ramón Carrillo; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho por unanimidad de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones y en mayoría de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 10 de agosto de 2006;

Que con fecha 13 de julio de 2006 el Honorable Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza 1632 por la cual se denomina con el nombre Dr. Ramón Carrillo al Barrio en construcción comprendido entre las calles 49, 8, 41 y 12;

Que con fecha 20 de julio de 2006 el Sr. Intendente Municipal remite a este Honorable Cuerpo la citada norma para que sea reconsiderada, ya que de una atenta lectura surge que los Anexos II y III son del mismo tenor;

Que a los efectos de evitar posteriores planteamientos es conveniente superar dicho error “formal” y proceder a anular uno de los mismos, antes de su promulgación;

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Modifícase el Artículo nº 2º de la Ordenanza 1632/06 el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“Articulo 2º.- Forman parte de esta Ordenanza los Anexos I y II (artículo de la revista Electroneurobiología y Ramón Carrillo el Gran Sanitarista Argentino).-“

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL SEIS.-

 

Registrada bajo el nº 1640/06.-