Registrada bajo el nº 1644/06.-
- 24/01/2006
General Juan Madariaga, 24 de agosto de 2006.-
VISTO: Expte. del D.E. nº 365/06 Interno 5092 ref. Convenio Recíproca Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 24 de agosto de 2006;
Que, el citado convenio tiene como objetivo principal contribuir a la disminución de la criminalidad y prevención de la reincidencia delictiva en el Partido de Gral. Madariaga;
Que, la Municipalidad se compromete a prestar toda la colaboración directa que fuera necesaria y estuviera a su alcance, incluyendo datos, informes y documentación que le fuera solicitada por la Provincia, brindando también espacios físicos mínimos y necesarios para la atención de los liberados;
Que, la Provincia a través del Ministerio de Justicia se compromete a asignar la categoría de Delegaciones Municipales y de Subdelegaciones del Patronato;
Que, el Municipio junto a la Provincia a través del Patronato de Liberados Bonaerense, participarán en los distintos programas que se instrumenten con el fin de obtener una adecuada integración social de los liberados;
Que, corresponde al Cuerpo Legislativo la presente autorización para su convalidación;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Convalídase el Convenio de Recíproca Colaboración suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el Ministerio de Justicia y la Municipalidad de Gral. Madariaga, obrante a fs. 8 / 9 vta. del expediente nro. 365/06, el cual como anexo forma parte de la presente.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL SEIS.-
Registrada bajo el nº 1644/06.-