Registrada bajo el nº 1651/06.-
- 24/01/2006
General Juan Madariaga, 28 de septiembre de 2006.-
VISTO: Expte. del D.E. nº 1246/06 Interno 5098 ref. Ordenanza 1565/05 (CASER) y Expte. del D.E. nº 1570/06 Interno 5125 ref. Solicita Prórroga; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho en mayoría de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de septiembre de 2006;
Que, la Ordenanza 1395/03 crea la Comisión Administradora de los Servicios Rurales del Partido de Gral. Madariaga (C.A.S.E.R.);
Que, el artículo 19º de la Ordenanza 1395/03 establece la vigencia por el término de un ejercicio de la mencionada Comisión;
Que, desde su creación se ha prorrogado el plazo por Ordenanzas nros. 1507/04 y 1565/05;
Que, la Secretaría de la Producción conjuntamente con la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a fs. 12 informa que sería conveniente otorgar el carácter de definitivo, dado la gestión realizada por la Comisión Administradora de Servicios Rurales del Partido de General Juan Madariaga;
Que, el artículo 19º de la Ordenanza 1395/03 establece “…Si finalizado el mismo el accionar de la Comisión no recibiera observaciones formales por parte del Honorable Concejo Deliberante y/o del Departamento Ejecutivo, dicho carácter se convertirá en definitivo…”, por lo cual sería de aprobación de ese Cuerpo Legislativo la mencionada solicitud;
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Modifícase el artículo 19 de la Ordenanza 1395/03 por el siguiente texto ”Asignase el carácter de definitivo la presente iniciativa sin perjuicio de lo dispuesto en la última parte del artículo 2º de la Ordenanza 1395/03.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VIENTIOCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL SEIS.-
Registrada bajo el nº 1651/06.-