Registrada bajo el nº 1664/06.-

  • 24/01/2006

General Juan Madariaga, 9 de noviembre de 2006.-

 

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 1635/06 Interno 5146 ref. Convenio Unidades de Desarrollo Infantil; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Acción Social fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 9 de noviembre de 2006;

Que, a través del Convenio se subvencionará la atención gratuita de niños de ambos sexos de 2 a 5 años, provenientes de familias con riesgo ambiental;

Que, se estima conveniente establecer dicho servicio atento a su incidencia para la población infantil del partido, dado que a través del mismo se otorgan alimentos ricos en nutrientes y proteínas y se subvenciona parte de los gastos de alimentación del Jardín Maternal “Casita de Chocolate”;

Que, en tal sentido corresponde al Cuerpo Colegiado Municipal, la correspondiente autorización;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Autorízase a suscribir entre esta Municipalidad y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, el Convenio para la implementación de Unidades de Desarrollo Infantil, modalidad Centros de Atención Integral para niños de ambos sexos de 2 a 5 años.-

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SEIS.-

 

Registrada bajo el nº 1664/06.-