Registrada bajo el nº 1675/06.-
- 24/01/2006
General Juan Madariaga, 14 de diciembre de 2006.-
VISTO: Expte. del D.E. nº 1881/06 Interno 5161 ref. máquina naftera; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 14 de diciembre de 2006;
Que a través del contrato de Comodato el Municipio entrega una máquina de cortar césped naftera a la Sociedad de Fomento Barrio Norte;
Que, el área Espacios Públicos de esta Municipalidad, manifiesta encontrarse en condiciones de ceder el mencionado bien, atento que la misma fue reemplazada por una de características similares (fs. 1);
Que el plazo de vigencia del presente es por un año;
Que, a fs. 7 la Asesoría Letrada manifiesta que por tratarse de un bien público, el mismo debe ser autorizado por el Cuerpo Legislativo;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Sociedad de Fomento del Barrio Norte el Convenio de Comodato por el cual se entrega una máquina de cortar césped naftera, que corre glosado a fs. 2/3 del expediente nº 1881/06, el cual como anexo forma parte de la presente.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL SEIS.-
Registrada bajo el nº 1675/06.-