Registrada bajo el nº 1675/06.-

  • 24/01/2006

General Juan Madariaga, 14 de diciembre de 2006.-

 

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 1881/06 Interno 5161 ref. máquina naftera; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 14 de diciembre de 2006;

Que a través del contrato de Comodato el Municipio entrega una máquina de cortar césped naftera a la Sociedad de Fomento Barrio Norte;

Que, el área Espacios Públicos de esta Municipalidad, manifiesta encontrarse en condiciones de ceder el mencionado bien, atento que la misma fue reemplazada por una de características similares (fs. 1);

Que el plazo de vigencia del presente es por un año;

Que, a fs. 7 la Asesoría Letrada manifiesta que por tratarse de un bien público, el mismo debe ser autorizado por el Cuerpo Legislativo;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Sociedad de Fomento del Barrio Norte el Convenio de Comodato por el cual se entrega una máquina de cortar césped naftera, que corre glosado a fs. 2/3 del expediente nº 1881/06, el cual como anexo forma parte de la presente.-

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL SEIS.-

 

Registrada bajo el nº 1675/06.-