Registrada bajo el nº 1676/06.-

  • 24/01/2006

General Juan Madariaga, 26 de diciembre de 2006.-

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 2231/06 Interno 5167 ref. Establece un sistema de regularización de deudas; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Proyecto de Ordenanza fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 26 de diciembre de 2006;

 Que, en el articulo 6º de la Ordenanza 1607/06 se establece que los Contribuyentes que estén al día al 31/01/06 con las tasas, se los eximirá del pago de la cuota durante el ejercicio 2006 y 2007;

Que, el Honorable Tribunal de cuentas observa que no se deben contemplar exenciones impositivas mayores de un año (ejercicio fiscal) en trasgresión al artículo 40º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que, ante tal situación, se hace necesario modificar la mencionada Ordenanza;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Modifícase el artículo 6º de la Ordenanza nro. 1607/06, el que quedará redactado de la siguiente manea: “A los Contribuyentes que estén al día al 31 de enero del 2006 con las tasas, se los eximirá del pago de una cuota durante el ejercicio 2006, de acuerdo al siguiente cronograma:

 

6.1. 4ta. Cuota de la tasa de Conservación de la Red Vial y de Lucha contra las Plagas.-

6.2. 5ta. Cuota de la Tasa de Limpieza y Conservación de la Vía Pública.-

6.3. 6ta. Cuota de la Tasa de Seguridad e Higiene”.-

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E. al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL SEIS.-

 

Registrada bajo el nº 1676/06.-