Registrada bajo el nª 1536/05.-

  • 25/01/2005

General Juan Madariaga, 23 de febrero de 2005.-

 

 

 

VISTO: Expte. Interno 4803 iniciado por COEMA Ltda. ref. remite nota de la Cooperativa Arbolito de Servicios Públicos, Obras, Consumo, Vivienda y Crédito de Mar Chiquita; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 23 de febrero de 2005;

Que la COEMA eleva nota de la Cooperativa Arbolito de Servicios Públicos, Obras, Consumo, Vivienda y Crédito de Mar Chiquita donde solicitan autorización para realizar una ampliación de una línea de electrificación, en la margen oeste de la Ruta 11 hasta el km 470 (Circunscripción IV Parcela 52 Sección Rural Km  443 de la Ruta 11);

Que la autorización solicitada tiene por objetivo la alimentación de una antena de CTI móvil / Nextel instalada en el campo “La Diana”;

Que a partir del cruce de Canal V 7000 metros de línea se construirían dentro del Partido de Gral. Madariaga;

Que la alimentación de dicha línea la realizará la Cooperativa Arbolito de Mar Chiquita y de acuerdo a un convenio entre ambas Cooperativas, la propiedad del tramo que está dentro del Partido de Gral. Madariaga es de la COEMA Ltda.;

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1°.- Autorizase a COEMA  Ltda. a suscribir un convenio con la Cooperativa Arbolito de Servicios Públicos, Obras, Consumo, Vivienda y Crédito de Mar Chiquita Ltda. para la realización de una línea de electrificación rural que alimente la antena de CTI Móvil / Nextel instalada en el campo “La Diana” Circ. IV Parcela 52 Sección Rural Km 443 de Ruta 11.-

 

ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL CINCO.-

 

Registrada bajo el nª 1536/05.-