Registrada bajo el nº 1543/05.-

  • 25/01/2005

General Juan Madariaga, 14 de abril de 2005.-

 

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 1881/04 Interno 4814 ref. Red Única Provincial de Comunicación de Datos; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 14 de abril de 2005;

Que el mismo tiene como objeto intercomunicar a todos los Municipios con el Gobierno Provincial brindando acceso por Internet;

Que, el Municipio se compromete a brindar un lugar exclusivo para funcionamiento del Sub centro;

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Secretaría General de Gobernación de la Provincia de Buenos Aires el Acuerdo de Cooperación Mutua para el Fortalecimiento de la Red Única Provincial de Comunicación de Datos, obrante a fs. 2/6 del expediente nº 1881/04; cuyo Proyecto y Anexo forma parte de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL CINCO.-

 

Registrada bajo el nº 1543/05.-