Registrada bajo el nº 1548/05.-

  • 25/01/2005

General Juan Madariaga, 28 de abril de 2005.-

 

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 2114/04 Interno 4809 ref. anteproyecto construcción viviendas de carácter social; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Tierras, Obras y Servicios y Acción Social fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de abril de 2005;

Que el Municipio actualmente preve la construcción de nuevas viviendas de carácter social cuya superficie es de 44 m2 cada una, con cocina, comedor, baño y dos dormitorios;

Que de acuerdo a lo estipulado en el Código de edificación Ordenanza 262/87, Capítulo III inc. 6.3, referente a Area, lados mínimos de locales, las viviendas a ejecutar no concuerda con la superficies, lados mínimos por ambiente allí detallados;

Que la superficie de los ambientes si bien son menores que los estipulados, no implican ambientes inhabitables y  cuentan con los avales institucionales de los organismos de la vivienda nacionales, provinciales, de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Gral. Madariaga;

Que se hace necesario incorporar la categoría de vivienda sociales con dimensiones y requisitos de superficie propios;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Incorpórase en la Ordenanza  nº 262/87: Código de Edificación, el siguiente:
Articulo 2º.- No será de aplicación lo estipulado en el Capitulo 3 Inc. 6.3 de la presente Ordenanza, para las viviendas de carácter social formuladas por los organismos Nacionales Provinciales y o Municipales con las medidas y superficies de los prototipos que estos diseñen.-

 

ARTICULO 2º.- Efectivícese la correspondiente adecuación del articulado de la Ordenanza 262/87.-

 

ARTICULO 3º.- Derógase la Ordenanza nº 654/93 ref. modificación del Código de Edificación de Gral. Madariaga.-

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. De Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL CINCO.-

 

Registrada bajo el nº 1548/05.-