Registrada bajo el nº 1565/05.-
- 25/01/2005
General Juan Madariaga, 14 de julio de 2005.-
VISTO: Expte. del D.E. nº 1180/05 Interno 4874 y Expte. Interno 4885 iniciado por la Asoc. Rural ref. modificación de Ordenanza 1395/03; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 14 de julio de 2005;
Que la Ordenanza 1395/03 crea la Comisión Administradora de los Servicios Rurales del Partido de Gral. Madariaga (CASER);
Que es conveniente la prolongación de dicha norma por el lapso de un año;
Que la Secretaría de la Producción a través del Expte. 1180/05 propende la necesidad , que los integrantes de la referida comisión sean propietarios contribuyentes de la tasa por Conservación de la Red Vial del Partido, entendiendo razones de equidad e igualdad en cuanto a derechos y obligaciones para cada uno de los integrantes de la CASER;
Que el H.C.D. mantuvo reuniones con la Asoc. Rural acordando la modificación que los dos representantes de esa Comisión uno sea propietario Contribuyente de la Tasa Vial y otro no, quedando su admisión a consenso de los demás componentes de la CASER;
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Prorrógase la vigencia de la Ordenanza 1395/03 por el lapso de un año.-
ARTICULO 2º.- Modificase el artículo 4º de la Ordenanza 1395/03 inc. B el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Dos representantes de la Asoc. Rural de Gral. Madariaga, uno propietario contribuyente de la tasa vial municipal de Gral. Madariaga y otro no; quedando su admisión a consenso de los demás componentes de la Comisión Administradora de los Servicios Rurales.-
ARTICULO 3º.- Modificase el artículo 5º de la Ordenanza 1395/03 por el siguiente texto:
“Constitución: Constituida la Comisión se elegirá en la primer reunión de la misma por simple mayoría de los integrantes titulares un presidente, un vicepresidente, un secretario y un tesorero. El representante Municipal y un representante de los usuarios de caminos actuarán en calidad de vocales”.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL CINCO.-
Registrada bajo el nº 1565/05.-
DRA. NORA RODRIGUEZ DR. SERGIO CAPELLI
Secretaria H.C.D. Presidente H.C.D.