Registrada bajo el nº 2122/11.- Organigrama Funcional
- 18/01/2011
General Juan Madariaga, 19 de diciembre de 2011.-
VISTO Expte. del D.E. Nº 2914/11 Interno 6303, Ref.: Organigrama Funcional; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 19 de diciembre de 2011;
Que el D.E. necesita adecuar a la brevedad posible el actual organigrama, en lo que respecta a algunas funciones y/o cargos del mismo;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Créase dentro del Organigrama Municipal los cargos de Secretario de Cultura, Educación y Comunicación, Secretario de Deportes, Secretario de Coordinación, Secretario de Políticas de prevención para la seguridad, Dirección de Planeamiento, Dirección de Comunicación y Prensa, Director del Hospital, Director de Políticas Sociales para la Salud, Director de Finanzas, Director de Servicios Generales y Mantenimiento, Subdirector de Medioambiente y Espacios Verdes y Subdirector de Obras Particulares, Subdirector de Obras Públicas.
Artículo 2º: Apruébase el Organigrama funcional para la Municipalidad de General Juan Madariaga que obra como anexo I y forma parte de la presente ordenanza para el cual se establecen los siguientes cargos:
INTENDENTE MUNICIPAL
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Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la cual dependen la Dirección de Planeamiento, Dirección de Servicios Generales y Mantenimiento, Subdirección de Medioambiente y Espacios Verdes, Subdirección de Obras Particulares y Subdirección de Obras Públicas.
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Dirección de Turismo
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Secretaría de Planificación Social
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Secretaría de Cultura, Educación y Comunicación de la cual depende la Dirección de Comunicación y Prensa.
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Secretaría de Deportes.
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Delegado Municipal.
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Secretaría de Gobierno de la que depende la Dirección de Asesoría Legal y la Subdirección de Asuntos Legales.
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La Secretaría de Salud de la que dependerán la Dirección del Hospital y la Dirección de Administración Hospitalaria.
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Dirección de Políticas Sociales para la Salud.
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Secretaria de Coordinación.
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Secretaría de Producción.
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Secretaría de Hacienda, de la cual depende el Director de Finanzas.
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Secretaría de Políticas de Prevención para la Seguridad.
Artículo 3º: Las erogaciones que requieran los cargos establecidos en el Organigrama se preverán en el proyecto de presupuesto de gastos del ejercicio 2012 y siguientes.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE.-
Registrada bajo el nº 2122/11.-
Dr. Santiago Escobar Lic. Julieta Porretti
Secretario H.C.D. Presidente H.C.D.