ANEXO I ZONIFICACIÓN FISCAL DEL PARTIDO DE GENERAL JUAN MADARIAGA ZONIFICACION FISCAL DE LA TASA MUNICIPAL DE S ERVICIOS GENERALES:

  • 18/01/2011


ANEXO I

ZONIFICACIÓN FISCAL

DEL PARTIDO DE GENERAL JUAN MADARIAGA


ZONIFICACION FISCAL DE LA TASA MUNICIPAL DE SERVICIOS GENERALES:


Para al Tasa por Servicios Generales, el partido de General Juan Madariaga se dividirá en las siguientes cuatro zonas a saber:


ZONA 1: Esta zona se halla comprendida dentro de la envolvente compuesta por las siguientes calles y terrenos perimetrales:


Los terrenos frentistas al Norte del eje de la Calle 25 de Mayo desde la calle Rivadavia hasta la Avda. Buenos Aires; los terrenos frentistas en ambas manos a la Avda Buenos Aires desde la calle 25 de Mayo hasta su intersección con la Avda. Catamarca; los terrenos frentistas en ambas manos a la Avda Catamarca, desde la intersección con la Avda Buenos Aires hasta la proyección de la calle Fray J. de Oro; los terrenos frentistas al sur del eje de la Fray J. de Oro desde la Avda. Catamarca hasta la Avda. Buenos Aires; los terrenos frentistas al Este del eje de la Avda. Buenos Aires, entre la calle Fray L. de Oro hasta la calle Zubiaurre; los terrenos frentistas al Sur del eje de la calle Zubiaurre, entre la Avda Buenos Aires y la calle Saavedra; los terrenos frentistas al Oeste de la calle Saavedra, entre la calle Zubiaurre y Avda Tuyú; los terrenos frentistas al Norte de la Avda Tuyú, entre la Avda Buenos Aires y la calle Saavedra; los terrenos en ambas manos de la Avda Tuyú, entre la calle Saavedra y la calle Rivadavia y los terrenos frentistas en ambas manos a la calle Rivadavia, entre Avda Tuyú y calle 25 de Mayo. (La documentación gráfica completa la identificación de la zona).



ZONA 2: Esta zona se halla comprendida dentro de la envolvente compuesta por las siguientes calles y terrenos perimetrales:


AL SUR: Compuesta por los terrenos frentistas al Norte del eje de la calle Intendente Rimondi, entre la calle Rivadavia y la Avda. Buenos Aires; los terrenos frentistas en ambas manos a la Avda Buenos Aires desde la calle Intendente Rimondi/Pellegrini hasta su intersección con la calle 25 de Mayo; los terrenos frentistas al Sur del eje de la Calle 25 de Mayo desde la Avda. Buenos Aires hasta la calle Rivadavia; los terrenos frentistas en ambas manos a la calle Rivadavia, entre calle 25 de Mayo y calle Intendente Rimondi.


AL NORTE: Compuesta por los terrenos subsiguientes a los lotes frentistas Norte del eje de la Avda Tuyú, entre la calle Rivadavia y la Avda. Buenos Aires; los terrenos frentistas al sur del eje de la Avda Tuyú entre la Avda Buenos Aires y la calle Saavedra; los terrenos frentistas al Este del eje de la calle Saavedra entre la Avda Tuyú y la calle Zubiaurre; los terrenos frentistas al norte del eje de la calle Zubiaurre, entre las calles Saavedra y la Avda Buenos Aires; los terrenos frentistas al Oeste del eje de la Avda Buenos Aires, desde la calle Zubiaurre hasta la calle Oro; los terrenos frentistas al Norte del eje de la calle Oro, entre la Avda Buenos Aires y la Avda Catamarca, los terrenos frentistas al Oeste del eje de la calle Catamarca, entre la calle Fray L. de Oro y la calle Colón; los terrenos frentistas al Sur del eje de la calle Colón, entre Avda Catamarca y Avda Buenos Aires; los terrenos frentistas al Oeste del eje de la Avda Buenos Aires, entre calle Colón y Avda Caseros; los terrenos frentistas a ambas manos del eje de la Avda. Caseros, entre la Avda Buenos Aires y calle R. Güiraldes; los terrenos frentistas al Oeste de la calle R. Güiraldes/Rivadavia, desde la Avda Caseros hasta el camino 8 al norte de El Modelo; los terrenos frentistas al Sur del Camino Nº 8, desde el límite este de El Modelo hasta la Ruta provincial Nº 62; los terrenos frentistas al Oeste a la Ruta provincial Nº 62, desde el Camino Nº 8 hasta el límite Sur de la parcela catastrada como Circ.: II; Secc.: A; Quinta 73; Parcela 28a; los terrenos limítrofes al Sur con la parcela catastrada Circ.: II; Secc.: A; Quinta 73; Parcela 28ª y las vías del FFCC, desde el límite Sur de la parcela catastrada como Circ.: II; Secc.: A; Quinta 73; Parcela 28a hasta la Avda Tuyu, con exclusión de los lotes ya nominados en Zona 1.


AL ESTE: Compuesta por los terrenos frentistas a ambas manos Norte y Sur del eje de la calle 25, entre la Ruta provincial Nº 56 y la Avda. Buenos Aires; con exclusión de los lotes ya nominados en Zona 1 y 3. (La documentación gráfica completa la identificación de la zona).

ZONA 3: Esta zona comprende todas las parcelas urbanas no contempladas en las Zonas Fiscales 1 y 2 antes enunciadas, como así también todos los barrios denominados Los Pinos, Kennedy, Belgrano, Quintanilla, San Martín A y B y todas las áreas complementarias o rurales que reciban algún servicio público como ser alumbrado y/o conservación de la vía pública y/o limpieza y/o recolección de residuos domiciliarios u otros servicios de igual contenido, con exclusión de los lotes que ya se hallen contemplados en Zona 1 o Zona 2 antes establecidas. (La documentación gráfica completa la identificación de la zona).


AL OESTE: Compuesta por todos los terrenos frentistas al Este de la calle El Líbano/ Interferías, entre la calle continuación I. Rimondi al Oeste y calle Yugoslavia; los terrenos frentistas al Sur de la calle Yugoslavia entre El Líbano/Interferías hasta calle Japón; los terrenos frentistas al Sur de la calle Japón, entre calle Yugoslavia y las vías del FFCC, los terrenos frentistas al Oeste de las vías del FFCC, entre Japón y Brasil; los terrenos frentistas al norte de la calle Brasil, entre el FFCC y la calle Alem; los terrenos frentistas al Oeste de la calle Alem, entre Brasil y Venezuela; los terrenos frentistas al Sur de la calle Venezuela, entre calle Alem y calle 20 de Junio; los terrenos frentistas al Oeste de al calle 20 de Junio, entre la calle Venezuela y continuación calle I. Rimondi al Oeste.


AL SUR Y ESTE: Compuesta por los terrenos subsiguientes a los lotes frentistas lado Este de la Avda Buenos Aires y Catamarca, entre las calles I. Rimondi/Pellegrini y calle 49; los terrenos frentistas al Sur de la calle 49, entre la Avda Catamarca t la Ruta provincial Nº 56; los terrenos frentistas al este de la Ruta provincial Nº 56, entre la proyección de la calle 49 y la calle 3 bis de San Martín B; las parcelas frentistas al Sur de la calle 3 bis, entre el último limite nominado y la calle 26; los terrenos frentistas la calle 26, entre la calle 3 bis y la calle 3; los terrenos frentistas al norte de la Ruta provincial Nº 74, desde la intersección de las calle 3 y 26 hasta la proyección de la última calle este perpendicular a la Ruta Nº 74 del Barrio Kennedy; los terrenos ubicados al Sur de la Ruta provincial Nº 74, entre la última calle este perpendicular a la Ruta Nº 74 del Barrio Kennedy y la calle 26; los terrenos ubicados al Oeste de la calle 26, entre el último limite mencionado y la intersección de la Ruta Nº 74 con la prolongación de la calle Presidente Illia; los terrenos ubicados al Sudoeste de la proyección de la calle Presidente Illia, entre la intelección con la Ruta Nº 74 y la calle Rivadavia; los terernos ubicados al este de la calle Rivadavia, entre la calle Presidente Illia e Intendente Rimondi y los terrenos ubicados al Sur de calle Intendente Rimondi, entre calle Rivadavia y Pellegrini, con exclusión de los lotes ya nominados en Zona 1 y 2.-


AL NORTE: Compuesta por los terrenos subsiguientes a los lotes frentistas lado Norte de la Avda Caseros, entre la Avda Buenos Aires y Güiraldes/Rivadavia; los terrenos frentistas al Este de la calle Ricardo Güiraldes, entre la Avda Casero y el limite Sur de la parcela El Modelo; los terrenos lindantes al Sur de el limite Sur de la parcela de El Modelo, entre la calle Ricardo Güiraldes y la proyección norte de la Avda Buenos Aires y los terrenos frentistas a la proyección de la Avda Buenos Aires, entre último límite mencionado y la Avda Caseros, con exclusión de los lotes ya nominados en Zona 2.-


ZONA 4: Esta zona comprende todas las parcelas o fracciones de estas que se ubiquen hasta 350 mts. del eje de una ruta pavimentada en ambos lados o de un lado según la jurisdicción de este partido de Gral. J. Madariaga, con superficies parcelarias iguales o menores de 50.000 m² (5Has), calificadas por el índice 8 ó 9 por la Agencia Recaudadora de la Provincia de Buenos Aires, con exclusión de las ya nominadas en las zonas 1, 2 y 3.-

A los fines de la Tasa por Servicios Generales, se subdividirá la presente zona en dos zonas que coinciden con las denominadas CR1 y CR2 determinadas para habilitaciones de comercios e industrias (La documentación gráfica completa la identificación de la zona).-


ORDEN DE PRELACIÓN: para la determinación de cada zona o parcela, tiene prioridad en primer lugar, la documentación gráfica y posteriormente la parte escrita precedentemente.










ZONIFICACION FISCAL DE LA TASA MUNICIPAL DE HABILITACIONES DE COMERCIOS Y PARA TASA DE SEGURIDAD E HIGIENE:


Para al Tasa de Habilitaciones Comerciales (HC), el partido de Gral. J. Madariaga se dividirá en las siguientes cuatro zonas a saber:


ZONA CR: Esta zona esta comprendida por todas las parcelas o fracciones de estas que se ubiquen hasta 350 mts. del eje de las rutas pavimentadas Nº 11 y 74 en ambos lados o de un lado según la jurisdicción de este partido de Gral. J. Madariaga y a 150 mts del eje de la ruta pavimentada Nº 56 a ambos lados o de un lado según la jurisdicción de este partido de Gral. J. Madariaga, compuesta por dos subzonas a saber:


CR1: determinada en la Ruta Nº 74 entre el Km. 0 y el Km. 21,700 (entre rotonda Pinamar cruce con Ruta 11 y rotonda La Salada) ambas manos y la Ruta 11 en toda la extensión en la jurisdicción en Gral. J. Madariaga, desde el límite norte de este partido con el municipio de Lavalle en el Km. 383, hasta el límite sur del partido con el partido de Mar Chiquita, Km. 449,500, (mano Oeste desde limite con partido de Lavalle hasta el Km. 429,500 y en ambas manos desde el Km. 429,500 hasta el Km. 449,500).


CR2: determinada en la Ruta Nº 74 para las parcelas frentistas en ambas manos entre el Km. 21,700 y el límite Oeste de este partido con el partido de Maipú y la Ruta 56, las parcelas frentistas al Este entre los Km. 33,500 y 39 y en ambas manos de la Ruta 56, desde el Km. 39 al Km. 62 (rotonda de acceso a Gral. J. Madariaga)


ZONA CG: Esta zona esta comprendida por todas las parcelas del Partido de Gral. J. Madariaga no comprendidas en las zonas y subzonas nominadas como CR.


ORDEN DE PRELACIÓN: para la determinación de cada zona o parcela, tiene prioridad en primer lugar, la documentación gráfica y posteriormente la parte escrita precedentemente.


El Departamento Ejecutivo podrá readecuar las zonas, tanto de la Tasa por Servicios Generales, Habilitación de Comercios e Industrias e Inspección de Seguridad e Higiene.-

Se podrán incorporar parcelas rurales a las Zonas 4 y CR cuando en las mismas funcionen comercios, industrias o posean construcciones de carácter suntuoso o clasificadas como 8 o 9 por ARBA.-