Registrada bajo el nº 1584/05.-
- 25/01/2005
General Juan Madariaga, 27 de octubre de 2005.-
VISTO: Expte. del D.E. nº 1855/05 Interno 4940 ref. adecuación presupuestaria H.C.D.; y
CONSIDERANDO.
Que el Despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 27 de octubre de 2005;
Que el motivo de la adecuación del Presupuesto se debe a la necesidad de reparar el techo del edificio, afectado por las inclemencias climáticas durante el mes de agosto;
Que esto exige una solución no prevista en el Presupuesto original;
Que asimismo resulta necesario adecuar las restantes partidas por los desvíos producidos en la ejecución presupuestaria del presente año;
Que el artículo 121 de la L.O.M. y 78 del R.C. permiten las transferencias entre partidas, siempre que las mismas cuenten con saldo hasta el fin del ejercicio, utilizando en este caso la cuenta crédito adicional;
Por todo ello; el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Amplíase el Presupuesto de Gastos en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
ESTRUCTURA PROGRAMATICA FUENTE DE FINANCIAMIENTO IMPUTACIÓN IMPORTE
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 1.3.1.0. – Retribuciones extraordinarias $ 440,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 2.1.4.0. – Productos agroforestales $· 150,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 2.1.9.0. – Otros $ 150,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 2.2.9.0 – Otros $ 50,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 2.3.4.0 – Productos de papel y cartón $ 300,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 2.5.5.0. - Tintas, pinturas y colorantes $ 400,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 2.6.4.0. – Productos de cemento, asbesto y yeso $ 150,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 2.9.4.0.. – Utensillos de cocina y comedor $ 200,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 3.3.1.0. – Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 14.000,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 3.3.3.0. – Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 1.300,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 3.3.7.0. – Limpieza, aseo y fumigación $ 50,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 3.5.1.0. – Transporte $ 50,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 3.5.3.0. – Imprenta, publicaciones y reproductores $ 300,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 3.6.2.0. – Propaganda $ 80,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 3.6.9.0. – Otros $ 80,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 4.3.4.0. – Equipo de comunicación y señalamiento $ 2.500,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 4.3.6.0. – Equipo para computación $ 2.500,00
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 4.3.9.0. – Equipos varios $ 300,00
Subtotal $ 23.000,00
ARTICULO 2º.- Las Partidas ampliadas en el artículo anterior se financiarán con la economía de la siguiente Partida:
ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA FUENTE DE FINANCIAMIENTO IMPUTACIÓN IMPORTE
1110200000 – 01.00.00 – Legislación Municipal 110 – Tesoro Municipal 6.5.1.1. – Crédito Adicional $ 23.000,00
Subtotal $ 23.000,00
ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL CINCO.-
Registrada bajo el nº 1584/05.-