Registrada bajo el n° 1459/04.-

  • 25/01/2004

General Juan Madariaga, 12 de febrero de 2004.- VISTO: Expte. del D.E. n° 162/04 Interno 4601 ref. aporte no remunerativo; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 12 de febrero de 2004; Que resulta necesario establecer una bonificación no remunerativa de $ 50 (pesos cincuenta) a todos los agentes municipales para el mes de enero del corriente año; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Establécese una bonificación no remunerativa de $ 50 para todos los agentes municipales incluyéndose al personal superior para el mes de enero de 2004.- ARTICULO 2°.- La Bonificación establecida en el artículo 1° será de carácter excepcional y se abonará en un único pago.- ARTICULO 3°.- Amplíase el Presupuesto de Gastos en las Partidas que a continuación se detallan: Jurisdicción – Denominación 1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero 1100000000 – Administración Municipal 1110000000 – Administración Central 1110100000 – Departamento Ejecutivo 1110101000 – Intendencia 01 – Conducción Superior, Administración Financiera y Fijación de Objetivos de Política Gubernamental 1.1.0.0 Personal Permanente $ 2.600,00 1.1.7.0. Complementos $ 2.600,00 1.2.0.0 Personal Temporario $ 250,00 1.2.6.0 Complementos $ 250,00 1110103000 – Secretaría de Obras y Servicios Públicos 01 –Conducción y Administración de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos 1.1.0.0 Personal Permanente $ 100,00 1.1.7.0 Complementos $ 100,00 18 – Servicios Urbanos en General 1.1.0.0 Personal Permanente $ 2.450,00 1.1.7.0 Complementos $ 2.450,00 1.2.0.0 Personal Temporario $ 50,00 1.2.6.0. Complementos $ 50,00 20 – Servicios de Cementerio 1.1.0.0 Personal Permanente $ 300,00 1.1.7.0 Complementos $ 300,00 21 – Recolección y Disposición Final de Residuos 1.1.0.0 Personal Permanente $ 500,00 1.1.7.0 Complementos $ 500,00 22 – Servicios de Barrido 1.1.0.0 Personal Permanente $ 600,00 1.1.7.0 Complementos $ 600,00 1110104000 – Secretaria de Salud 16 – Atención Médica Primaria y Asistencial 1.1.0.0 Personal Permanente $ 5.700,00 1.1.7.0 Complementos $ 5.700,00 1.2.0.0 Personal Temporario $1.250,00 1.2.6.0 Complementos $ 1.250,00 17 – Servicios de Control Bromatológico 1.1.0.0 Personal Permanente $ 350,00 1.1.7.0 Complementos $ 350,00 1110105000 – Dirección de Cultura y Educación 27 – Fomento de la Cultura y la Educación 1.1.0.0 Personal Permanente $ 600,00 1.1.7.0 Complementos $ 600,00 1110106000 – Dirección de Acción Social 24 –Promoción y Asistencia Social 1.1.0.0 Personal Permanente $ 600,00 1.1.7.0 Complementos $ 600,00 25 – Jardín Maternal 1.1.0.0 Personal Permanente $ 450,00 1.1.7.0 Complementos $ 450,00 1110108000 – Secretaría de Producción 29 – Estimulación para el Desarrollo de la Producción Local 1.1.0.0 Personal Permanente $ 600,00 1.1.7.0 Complementos $ 600,00 1.2.0.0 Personal Temporario $ 50,00 1.2.6.0 Complementos $ 50,00 1110109000 – Dirección de Deportes 28 – Promoción del Deporte 1.1.0.0 Personal Permanente $ 100,00 1.1.7.0 Complementos $ 100,00 1110110000 – Dirección de Turismo 27 – Promoción del Turismo 1.1.0.0 Personal Permanente $ 150,00 1.1.7.0 Complementos $ 150,00 1110111000 – Secretaría de Obras y Serv. Públicos 23 – Conservación y Mejorado de Caminos Rurales 1.1.0.0 Personal Permanente $ 400,00 1.1.7.0 Complementos $ 400,00 1110200000 – H.C.D. 01 – Legislación Municipal 1.1.0.0 Personal Permanente $ 100,00 1.1.7.0 Complementos $ 100,00 Total $ 17.200,00 ARTICULO 4°.- La ampliación de las Partidas del Artículo 1° se financiarán con la economía de las siguientes Partidas: Jurisdicción – Denominación 1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero 1100000000 – Administración Municipal 1110000000 – Administración Central 1110100000 – Departamento Ejecutivo 1110101000 – Intendencia 01 – Conducción Superior, Administración Financiera y Fijación de Objetivos de Política Gubernamental 1.1.0.0 Personal Permanente $ 2.600,00 1.1.1.0 Retribuciones del Cargo $ 2,600,00 1.2.0.0 Personal Transitorio $ 2.550,00 1.2.1.0 Retribuciones del Cargo $ 2.550,00 1110103000 – Secretaría de obras y Servicios Públicos 18 – Servicios Urbanos en General 1.1.0.0 Personal Permanente $ 2.550,00 1.1.1.0 Retribuciones del Cargo $ 2.550,00 1.2.0.0 Personal Transitorio $ 50,00 1.2.1.0 Retribuciones del Cargo $ 50,00 20 – Servicios de Cementerio 1.1.0.0 – Personal Permanente $ 300,00 1.1.1.0 Retribuciones del Cargo $ 300,00 21 – Recolección y Disposición Final de Residuos 1.1.0.0 Personal Permanente $ 500,00 1.1.1.0 Retribuciones del Cargo $ 500,00 22 – Servicios de Barrido 1.1.0.0 Personal Permanente $ 600,00 1.1.1.0 Retribuciones del Cargo $ 600,00 1110104000 – Secretaría de Salud 16 – Atención Médica Primaria y Asistencial 1.1.0.0 Personal Permanente $ 5.700,00 1.1.1.0 Retribuciones del Cargo $ 5.700,00 1.2.0.0 Personal Transitorio $ 1.250,00 1.2.1.0 Retribuciones del Cargo $ 1.250,00 17 – Servicios de Control Bromatológico 1.1.0.0 Personal Permanente $ 300,00 1.1.1.0 Retribuciones del Cargo $ 300,00 1.2.0.0 Personal Transitorio $ 50,00 1.2.1.0 Retribuciones del Cargo $ 50,00 1110109000 – Dirección de Deportes 28 - Promoción del Deporte 1.1.0.0 Personal Permanente $ 100,00 1.1.1.0 Retribuciones del Cargo $ 100,00 1110110000 – Dirección de Turismo 27 – Promoción del Turismo 1.1.0.0 Personal Permanente $ 150,00 1.1.1.0 Retribuciones del Cargo $ 150,00 111011000 – Secretaría de Obras y Serv. Públicos 23 – Conservación y Mejorado de Caminos Rurales 1.1.0.0 Personal Permanente $ 400,00 1.1.1.0 Retribuciones del Cargo $ 400,00 1110200000 – H.C.D 01 – Legislación Municipal 6.5.0.0 Incremento de disponibilidad $ 100,00 $ 100,00 Total $ 17.200,00 ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL CUATRO.-