ANEXO 1466/04 a

  • 25/01/2004

CONVENIO Entre los que suscriban MUNICIPALIDAD DE GENERAL JUAN MADARIAGA, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal D. JUAN DANIEL KNESEVICH con domicilio en calle H. Irigoyen 347 de la ciudad de Gral. Madariaga, por una parte en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, y el AEROCLUB GENERAL JUAN MADARIAGA, representada en este acto por DANIEL AYUDE en su carácter de Presidente con domicilio en Ruta Pcial. 74 por la otra parte en adelante “LA INSTITUCION” acuerdan en celebrar el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: ARTICULO 1°.- Las partes dejan constancia que el presente convenio se celebra “ad referendum” del Honorable Concejo Deliberante y de la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial de la Provincia de Buenos Aires.- ARTICULO 2°.- Bajo tal marco normativo “LA MUNICIPALIDAD otorga a “LA INSTITUCION” el uso de una fracción de campo de aproximadamente 57 has. Ubicado dentro del perímetro del Aeródromo de General Juan Madariaga.- ARTICULO 3°.- La presente cesión de uso se otorga en forma gratuita y por el plazo de 5 años. No obstante ello “LA MUNICIPALIDAD” podrá revocar unilateralmente la autorización del uso en cualquier momento y en tal caso LA INSTITUCION no tendrá derecho a reclamo alguno.- ARTICULO 4°.- El predio cedido será destinado por LA INSTITUCION beneficiaría a la explotación comercial no pudiendo dar otro destino ni cederlo total o parcialmente.- ARTICULO 5°.- “LA INSTITUCION” afrontará los gastos que demande el uso del teléfono y de energía eléctrica instalados en el predio y todo aquello que hagan a la manutención .- ARTICULO 6°.- “LA INSTITUCION” será responsable por todo los daños y perjuicios que se causen de terceros por actividades y actos que se realicen dentro del predio cedido durante la vigencia del presente convenio.- ARTICULO 7°.- “LA INSTITUCION” deberá enviar anualmente a la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial y a la Secretaría General de la Gobernación, a través de la Municipalidad, una memoria y balance de la administración del Aeródromo, consignando el producido por su explotación y el destino del mismo.- ARTICULO 8°.- Para todos los efectos legales emergentes del presente convenio las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del Dto. Judicial de Dolores, constituyendo los domicilios en los arriba indicados.- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Gral. J. Madariaga, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil cuatro.-