Registrada bajo el n° 1469/04

  • 25/01/2004

General Juan Madariaga, 13 de mayo de 2004.- VISTO: Expte. del D.E. n° 488/02 Interno 4625 ref. solicita escrituración de su vivienda Ley 10.830; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Acción Social fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 13 de mayo de 2004; Que dichos actuados permitirán regularizar la situación dominial de diversos inmuebles, cuyos titulares se encuentran imposibilitados económicamente para concretar el trámite de escrituración; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Social, la escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. II, Secc. A, Mza. 47 w., Parc. 8.- Inscripto el Dominio en la Matrícula 20.220 del Partido de Gral. Madariaga. (039); resultando beneficiaria del mismo los Señores RAUL OSCAR BASUALDO y ESPERANZA LESCANO cuyos antecedentes obran agregados en las presentes actuaciones Expediente n° 448/02.- ARTICULO 2°.- Solicítase intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Bs. As., a quien se faculta a otorgar los actos notariales correspondientes.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL CUATRO.- -