Registrada bajo el n° 1493/04.

  • 25/01/2004

Gral. Madariaga,12 de agosto de 2004 VISTO: Expte. Interno 4723 iniciado por los Bloques de la U.C.R. y el P.J. ref. Instalación de hipermercados en el partido de General Madariaga; y CONSIDERANDO: Que tratado sobre tablas fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 12 de agosto de 2004; Que la ordenanza nº 1217 se funda en el criterio de convalidar los intereses locales para que desde la diversidad y heterogeneidad que caracteriza al partido y respetando las distintas realidades y perspectivas zonales se pueda establecer denominadores comunes que ayuden a crecer y proyectarnos como región en el contexto de la Provincia de Buenos Aires. Que, en oportunidad de la sanción de la ordenanza nº1217/00 se ponderó los distintos factores zonales y, especialmente, la correlación con la ley provincial 12537 en cuanto a la instalación de grandes superficies comerciales. Que el Plan Estratégico Regional “Tuyú Mar y Campo” contempla la realización de acuerdos interdistritales para el diseño y uso del área de la Ruta Interbalnearia Que, se encomienda al D.E la realización de un estudio integral sobre el área “Ruta Interbalnearia” de acuerdo con el eje 6 del programa 12, ordenamiento territorial medida 48; Que, el H. Concejo Deliberante ponderó en esta situación el equilibrio y prudencia en los actos atentos a preservar los derechos e interés de todos los sectores sociales, aunque ratificando la mas propicia voluntad de efectuar los cambios y rectificaciones cuando la documentación obrante en el municipio, dictámenes, técnicos y realidad lo determinen. Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°: Suspéndase a partir del día de la fecha los artículos 2 y 3 de la ordenanza N° 1217/00, por el lapso de 30 días en que se efectuaran las acciones pertinentes con los Honorables Concejos Deliberantes de Pinamar y Villa Gesell a fin de consensuar una normativa conjunta. ARTICULO 2º: Encomendar al D.E la realización de un estudio integral sobre el área “Ruta Interbalnearia “ de acuerdo con el eje 6 programa 12, ordenamiento Territorial medida 48 del “Plan Estratégico Regional Tuyú, Mar y Campo”.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MI CUATRO.- -