Registrada bajo el n° 1494/04.- Convenio con RIPSA

  • 25/01/2004

General Juan Madariaga, 26 de agosto de 2004.- VISTO: Expte. del D.E. n° 1036/04 Interno 4722 iniciado por Ripsa Red informática de pagos ref. ofrecimiento de servicios; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 26 de agosto de 2004; Que, a tal efecto consta modelo de convenio de fs. 27 hasta fs. 30 por el cual se cobrarán por cuenta y orden del Municipio los pagos que realicen los contribuyentes, en los lugares de pago propuestos pro la mencionada firma; Que, la Municipalidad deberá abonar a la empresa el 1% más I.V.A. del monto recaudado con un mínimo de 0,50 (cincuenta centavos) por comprobante recaudado; Que, la Dirección de Finanzas a fs. 23 considera conveniente la firma del convenio, teniendo en cuenta sobre todo porque se le brinda la posibilidad a los contribuyentes de cumplir con sus obligaciones en horarios cuando el Municipio se encuentra cerrado; Que, a fs. 24 el Asesor Letrado considera que la iniciativa desde el punto de vista legal no merece observaciones; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Autorízase al D.E. a suscribir convenio, el cual como anexo forma parte de la presente Ordenanza, con la Red de Informática de Pago (RIPSA), para la percepción de tasas Municipales, que corre glosado a fs. 27/30 del expediente nro. 1036/04.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL CUATRO.-