Registrada bajo el n° 1499/04.-

  • 25/01/2004

General Juan Madariaga, 9 de septiembre de 2004.- VISTO: Expte. del D.E. n° 927/03 Interno 4606 ref. Convenio Pago Fácil; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto e Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 9 de septiembre de 2004; Que el convenio a suscribirse contempla la posibilidad de facilitar a los contribuyentes la efectivización del pago de las tasas municipales; Que el convenio es similar al suscripto con el Banco de la Nación Argentina; Que a fs. 15 la Contaduría Municipal expresa la conveniencia de la firma del convenio; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Autorízase al D.E. a suscribir el Convenio con Servicio Electrónico de Pago S.A. (SEPSA) para la recepción de Tasas Municipales, obrante a fs. 92/107 del Expediente del D.E. n° 927/03.-.- ARTICULO 2°.- Refórmase el Artículo 17.6 del Convenio obrante a fojas 99 del Expediente que quedará redactado de la siguiente manera: “A todos los efectos derivados del cumplimiento, incumplimiento o interpretación del presente Acuerdo, las Partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Dolores, renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles”.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CUATRO.-