ANEXO Ordenanza 1508/04.-

  • 25/01/2004

CONVENIO DE AUTORIZACIÓN DE USO Entre los que suscriben MUNICIPALIDAD DE GENERAL JUAN MADARIAGA representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Juan Daniel Knesevich en adelante: LA MUNICIPALIDAD con domicilio en calle Hipólito Irigoyen 347 de General Madariaga y los Señores ................................................, en adelante la INSTITUCIÓN con domicilio en calle ....................... de la ciudad de General Madariaga por la otra parte LA INSTITUCION, acuerdan en celebrar el presente y manifiestan: PRIMERO. LA MUNICIPALIDAD autoriza a LA INSTICUCIÓN al uso y explotación por el plazo señalado infra, y éste último acepta de conformidad el predio designado catastralmente como: Circ. IV, Secc. Rural Parc. 262, Partida 55.626 donde se encuentra emplazado el predio Municipal sobre la Ruta Provincial n° 74 denominado El Talar, afectado por donación para la realización de eventos culturales, deportivos y/o intelectuales y/o de fomento turístico.- SEGUNDO: El plazo de duración del presente es por el término de hasta cinco años prorrogable bajo las circunstancias determinadas en la cláusula DECIMO SEGUNDA por igual término, en caso de haber cumplido el autorizado, todas las condiciones estipuladas en el presente y en las actuaciones administrativas originarias del mismo.- TERCERO: Se deja constancia que la autorización del uso de la fracción del terreno municipal se extiende a treinta (30) días anteriores al evento y treinta días (30) días posteriores al mismo.- CUARTO: El presente acuerdo tiene como contraprestación la realización a cargo de LA INSTITUCIÓN de las siguientes obras de mejoramiento: .......................... QUINTO: Sin perjuicio de las obligaciones del autorizado emergentes del presente a los fines de la realización de los eventos, el mismo deberá en todos los casos dar estricto cumplimiento a toda la normativa vigente, tanto nacional, como provincial, municipal y los seguros pertinentes, a los fines de la organización y desarrollo de las fiestas y eventos a realizar, siendo pasible de las acciones y sanciones que las normas aplicables establezcan en caso de irregularidades, infracciones, etc., quedando LA MUNICIPALIDAD exenta de toda responsabilidad al respecto.- SEXTO: Se establece que la parte contratante deberá preservar la flora y fauna existente en el lugar, no pudiendo realizar ningún tipo de intervención que modifique la estructura del bosque, ni que genere algún tipo de afectación del medio ambiente.- No podrán realizarse en el transcurso de ese período tareas como: a) Control de densidades, no retira regeneración; b) Aplicaciones de insecticidas, herbicidas, etc., c) Efectuar tareas de recuperación, es decir retiro de arboles muertos, ramas, etc.; d) Podas o escamondo; e) Raleos libres : no podrá extraerse árboles aislados y f) Limpieza de transectas: no podrán abrirse ningún tipo de calle. Asimismo durante la realización de los eventos que tuvieren lugar en el predio, deberá extremar las medidas de seguridad tendientes a la preservación y respeto del medio ambiente y los edificios históricos.- SEPTIMO: El MUNICIPIO convendrá con LA INSTITUCION la mejor manera o área para la disposición de los residuos originados por los eventos a realizar.- a) Asimismo, se compromete LA INSTITUCIÓN al mantenimiento de las condiciones generales del predio.- OCTAVO: La presente autorización no incluye el uso de la construcción existente en el predio como vivienda permanente o transitoria, debiendo el autorizado en todo momento extremar los recaudos para la preservación del edificio histórico del lugar, debiendo comunicar de inmediato y por medio fehaciente a la MUNICIPALIDAD cualquier tipo de anomalía y/o irregularidad detectada en el mismo.- NOVENO: La parte contratante solo podrá introducir animales en forma transitoria en dicho predio en los días en que se realice cualquier evento que requiera su encierre previo, encontrándose siempre obligado a acreditar su origen y titularidad.- DECIMO: El autorizado deberá mantener el lugar objeto del presente en perfecto estado de uso, proceder a su acondicionamiento, mantenimiento y afectación a las actividades propias de los eventos que allí se realicen, en especial preservando la flora y fauna existente en el lugar y demás instalaciones de carácter histórico que allí se encuentran, permitiendo a la Municipalidad la inspección en cualquier momento, siendo su incumplimiento causal de rescisión del presente.- DECIMO PRIMERO: La parte contratante asume toda responsabilidad con respecto al lugar objeto del presente, ante posibles eventualidades que pudieran ocurrir. También asume la responsabilidad con respecto a terceros o dependientes que trabajen en el lugar, no generando ningún tipo de responsabilidad hacia la MUNICIPALIDAD.- DECIMO SEGUNDO: La autorización cesará al momento de finalización del presente, teniendo opción a renovación del plazo por igual período en caso de mantenerse las mismas condiciones y en caso que el autorizado haya dado debido cumplimiento a todas las normas emergentes del presente. Para el caso de incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente, la MUNICIPALIDAD podrá rescindir de inmediato el presente y tomar el predio en forma inmediata sin requerimiento judicial o extrajudicial previo, y sin perjuicio de las acciones por daños y perjuicios que pudieren corresponder como consecuencia del incumplimiento del autorizado.- Las partes podrán rescindir el presente convenio por mutuo acuerdo y La INSTITUCION en forma unilateral notificando en forma fehaciente a la otra parte con una antelación no menor a ciento ochenta días.- DECIMO TERCERO: A todos los efectos legales emergentes del presente las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial Dolores constituyendo sus domicilios en los arriba indicados.- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de General Madariaga a los ....... del mes de ......... de .............-