ANEXO 1513/04 a

  • 25/01/2004

General Juan Madariaga, 26 de octubre de 2004.- DESPACHO EN MINORIA DE LAS COMISIONES DE INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO Y CONCESIONES Y HACIENDA Y PRESUPUESTO VISTO: Expte. del D.E. n° 851/03 Interno 4703 ref. ofrecen donación con cargo a la Municipalidad de Gral. Madariaga; y CONSIDERANDO: Que más que una donación, lo que se pretende es que el Municipio se haga cargo de las deudas que los propietarios mantienen con entidades oficiales y privados; Que se torna necesario conocer el monto particular de cada una de esas deudas para poder evaluar la conveniencia y o no de aceptar la propuesta; Que los informes que se adjuntan en el expediente han perdido validez ya que datan del año 2003, por lo que deben realizarse las gestiones para actualizar los montos y conocer la real situación actual; Que según el informe de la División de Obras Particulares el inmueble en cuestión se encuentra deteriorado por el paso del tiempo y esto implicaría una importante erogación del municipio para poder adecuar el mismo para su utilización como museo, por lo tanto sería importante tener un presupuesto estimativo de los costos de reparación del mismo; Que una inversión de estas características debe tomarse con absoluta prudencia, pues se trata de la utilización de fondos públicos; Por todo ello, las Comisiones elevan para su aprobación el siguiente: PROYECTO DE RESOLUCION ARTICULO 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo la tramitación ante los acreedores de los donantes para conocer la real situación actual, estado de las deudas y situación fiscal.- ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo solicitará al área que corresponda un presupuesto estimativo del costo de reparación del inmueble en cuestión.- ARTICULO 3°.- El Departamento Ejecutivo solicitará al Banco de la Nación Argentina y al Banco de la Provincia de Buenos Aires una tasación del inmueble a través de sus tasadores oficiales.- ARTICULO 4°.- Una vez recabada la información solicitada en los artículos anteriores deberá ser remitida a este cuerpo para su análisis y posterior resolución.- ARTICULO 5°.- De forma.-