Registrada bajo el nº 1401/03

  • 26/01/2003

General Juan Madariaga, 10 de abril de 2003.- VISTO: Expte. del D.E. n° 202/03 Interno 4485 ref. Anexo II al convenio de Descentralización administrativa Tributaria, Impuesto sobre los Ingresos Brutos y anexo I al convenio de Descentralización administrativa Tributaria, Impuesto Inmobiliario Rural; y CONSIDERANDO: Que tratado en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 10 de abril de 2003, fue aprobado por unanimidad; Que, a fs. 2/7 del citado expediente constan los convenios a suscribirse entre la Municipalidad y el Ministerio de Economía de la Provincia; Que, a fs. 8 la contaduría municipal manifiesta que los anexos son similares a los firmados anos anteriores y se encuadra dentro de la política de descentralización administrativa y tributaria que lleva adelante el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires; Que, a fs. 9 la Asesoría Letrada informa que analizado los mismos, desde el punto de vista legal no merecen observaciones; Que, en consecuencia se emite al Honorable Concejo, para su correspondiente aprobación; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Autorizase al D.E. a suscribir con el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires el Anexo II al Convenio de Descentralización Administrativa Tributaria, Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Anexo I al Convenio de Descentralización Administrativa Tributaria, Impuesto Inmobiliario Rural, obrantes a fs. 2/7 del Expediente nº 202/03.- ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL TRES,.-