Registrada bajo el n° 1410/03.-

  • 26/01/2003

General Juan Madariaga, 12 de junio de 2003.- VISTO: Expte. del D.E. n° 0213/03 Interno 4475 y 4498 ref. solicita autorización para la colocación de un monumento en representación al Bomberos Voluntarios; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 12 de junio de 2003; Que, el monumento ha colocar representa un bombero del tamaño de una persona con un niño en brazos y será inaugurado el próximo 18 de julio del corriente, en ocasión de celebrar la mencionada institución, sus Bodas de Oro; Que, a fs. 2 el Director de Obras Públicas y Particulares manifiesta que el lugar apropiado es la plazoleta central ubicada en la calle 3 bis y avenida Buenos Aires; Que, la Dirección de Asuntos Legales a fs. 4 advierte que la iniciativa desde el punto de vista legal debe necesariamente contar con la autorización del Honorable Cuerpo Legislativo; Que, a fs. 3 del exp. Nº 4475/03 se incorpora la descripción y bosquejo del monumento a erigir por la Asociación de Bomberos Voluntarios, que formara parte de la presente Ordenanza; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Autorízase a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Gral. Juan Madariaga a erigir un monumento, en el sector comprendido por la calle 3 bis y avenida Buenos Aires; según plano adjunto en el expte. nº 4475/03 del H.C.D..- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL TRES.-