Registrada bajo el n° 1415/03.- Mod. Ord. 1195/00 (Taxis)

  • 26/01/2003

General Juan Madariaga, 12 de junio de 2003.- VISTO: Expte. Interno 4514 iniciado por el Bloque Justicialista ref. necesidad de efectuar una modificación a la Ordenanza n° 1195/00 del Servicio Público de Taxis; y CONSIDERANDO: Que tratado sobre tablas fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 12 de junio de 2003; Que el Artículo 12 de la misma expresa taxativamente, como único color de las unidades el “color blanco”; Que dicho requisito en la actualidad se encuentra desactualizado frente a las necesidades del servicio en una ciudad como Gral. Madariaga; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Modifícase el artículo n° 13 de la Ordenanza 1195/00, que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 13°.- De los colores: A partir de la sanción de la presente, la unidad afectada al servicio de taxis deberá estar preferentemente pintada de blanco de fábrica.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL TRES.-