Registrada bajo el nº 1432/03

  • 01/01/2003

General Juan Madariaga, 15 de agosto de 2003.- VISTO: Expte. del D.E. n° 901/03 Ministerio de Desarrollo Humano y Trabajo, Interno 4537 ref. Resolución de Prorroga nº 741/03; y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado día catorce de agosto de 2003; Que, los programas Jardín Maternal – Casa del Niño, Centros de Atención Integral y Esfuerzo Solidario se encuentran en plena operatividad en el medio. Que a fs. 11, la Dirección de Asuntos Legales señala que no existen observaciones y corresponde convalidar dichos instrumentos legales por parte del H.C.D.; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Extiéndase para el periodo comprendido entre el 1º de Enero y el 31 de Diciembre de 2002, el convenio suscripto entre la Municipalidad y el Consejo de la Familia y Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires para la implementación de Centros de Atención Integral, según Ordenanza nº 1287/01.- ARTICULO 2°.- Extiéndase para el período comprendido entre el 1º de Enero y el 31 de Diciembre de 2003, el Convenio suscripto entre la Municipalidad y el Consejo de la Familia y Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires para la implementación de Centro de Atención Integral, según Ordenanza nº 1287/01.- ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos de Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL TRES.-