Registrada bajo el n° 1435/03.-

  • 26/01/2003

General Juan Madariaga, 24 de septiembre de 2003.- VISTO: Expte. del D.E. n° 1055/03 Interno 4544 ref. Pedido CASER; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 24 de septiembre de 2003; Que, la C.A.S.E.R. (Comisión Administradora de Servicios Rurales del Partido de General Madariaga) solicita se le ceda el uso de los elementos individualizados a fs. 1, es decir un (1) acoplado – tanque para combustible y un (1) rodillo neumático de arrastre; Que, dicha Comisión se encuentra vinculada con la Municipalidad a través de la Ordenanza n° 1395/03 de creación de la misma asumiendo la responsabilidad de planeamiento, ejecución, conservación, construcción de la Red Vial Municipal en los cuarteles individualizados en el art. 2 de la norma citada; Que, asimismo en el marco del acuerdo se cedió el uso de bienes municipales identificados en el Anexo I integrante de la Ordenanza entregados bajo inventario para la prestación del servicio por parte de la C.A.S.E.R.; Que, el requerimiento actual está originado en la necesidad de contar con otros bienes que seguramente permitirán optimizar la prestación y que por otra parte actualmente no están en uso por parte del Municipio; Que, dentro de esa situación y en el marco de la Ordenanza 1395/03 es atribución de la Municipalidad otorgar el uso bajo el mismo encuadre jurídico de otros bienes; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a ceder el uso de los siguientes bienes: 1 /un) acoplado – tanque para combustible y 1 (un) rodillo neumático de arrastre, a la C.A.S.E.R. en el marco de la Ordenanza n° 1395/03, pasando los bienes a integrar el Anexo I de la citada Ordenanza.- ARTICULO 2°.- La cesión se realizará por el plazo de vigencia de la Ordenanza n° 1395/03 entregándose los bienes bajo inventario y previo tomar debida nota el Area Patrimonio.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al DE., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL TRES.- Registrada bajo el n° 1435/03.-