Registrada bajo el n° 1442/03.-

  • 26/01/2003

General Juan Madariaga, 1 diciembre de 2003.- VISTO: Expte. del D.E. n° 1391/03 Interno 4559 ref. Convenio entre la Universidad de La Plata sobre Plan Rural Participativo; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Especial celebrada el pasado 1 de diciembre de 2003; Que, en el citado convenio las partes acuerdan la realización de estudios, investigaciones y/o acciones para la implementación del Plan Rural Participativo (manejo hídrico y redefinición del sistema de caminos); Que, la Universidad pondrá a disposición del Municipio toda la infraestructura y recursos humanos de sus unidades académicas y la Comuna aportará los medios necesarios para la consecución de cada proyecto; Que, la Municipalidad se compromete a pagar gastos de insumos informáticos, digitalización cartográfica, papelería, viáticos, movilidad, impresiones de informes, así como por el trabajo a realizar; Que, la Contaduría Municipal a fs. 6 informa que los compromisos asumidos significan erogaciones de fondos de ejercicios futuros por lo que es necesario la aprobación por parte del Concejo Deliberante de acuerdo al art. 273 de la L.O.M.; Que, la Asesoría Letrada no encuentra objeción, coincidiendo con la Contaduría Municipal en cuanto a la necesidad de intervención por parte del cuerpo colegiado; Que a fs. 8 el Secretario de Obras y Servicios Públicos indica ver de muy buen agrado la firma del mencionado Convenio; Que habiéndose recibido nota de la Asociación Rural de Gral. Madariaga, donde se expresa a favor del convenio; Que, la misma manifiesta el interés de su participación en la implementación del desarrollo del mismo y se considera la misma de importancia; Que, a fs. 12 Contaduría expresa textualmente : “El Departamento Ejecutivo cuando proyecte el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2004 deberá preveer afrontar los gastos que derivan del convenio”; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Convalídase el Convenio entre la Universidad Nacional de La Plata y la Municipalidad de General Juan Madariaga sobre Plan Rural Participativo, que corre glosado a fs. 1/4 del expediente municipal n° 1391/03, que forma parte de la presente.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS UN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES.-