Registrada bajo el n° 1450/03.-

  • 26/01/2003

General Juan Madariaga, 18 de diciembre de 2003.- VISTO: Expte. del D.E. n° 1402/03 Interno 4579 ref. predio Feria Artesanal, Estación de Servicio R.P. 56; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 18 de diciembre de 2003; Que se firmó convenio con el propietario de la Estación de Servicios Sol, Sr. Jorge Luis Andechaga, por el cual autoriza a la Municipalidad el uso de un espacio físico para el funcionamiento de una Feria Artesanal, según croquis adjunto al contrato; Que, dicho permiso se efectúa por un plazo de doce meses; Que, corresponde al cuerpo colegiado municipal, la correspondiente convalidación;: Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Convalídase el Convenio suscripto entre esta Municipalidad y el propietario de la Estación de Servicios Sol, Sr. Jorge Luis Andechaga, por el cual se autoriza a la Comuna el uso de un espacio físico para el funcionamiento de una Feria Artesanal, según croquis adjunto que corre glosado a fs. 2 de las actuaciones municipales expte. n° 1402/03 y forma parte del mencionado convenio.- ARTICULO 2°.- La “Feria Artesanal Madariaguense” funcionará de acuerdo al Reglamento Interno de la Asociación de Artesanos que corre a fs. 17 del expte. Interno 4579/03.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. Ar. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES.-