Registrada bajo el n° 1328/02.-

  • 26/01/2002

Gral. Juan Madariaga, 22 Enero de 2002.- VISTO: Expte. del D.E. n° 968/01 Interno 4283 ref. Plaza Carlos Madariaga; y CONSIDERANDO: Que en Despacho de las Comisiones de Tierras, Obras y Servicios, Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 22 de enero de 2002; Que por Ordenanza n° 1262/01, promulgada por Decreto n° 218/01, se convalidó el acuerdo celebrado entre la Municipalidad y la Empresa Camuzzi Gas Pampeana S.A.; Que por dicho instrumento y por la propuesta realizada a fs. 27/29 de las actuaciones expte. n° 770/00, la Empresa se comprometía a la mantención de espacios verdes e incluso en la cláusula Segunda acápite a) del convenio celebrado el 02 de Marzo de 2001, asumía durante el período que tuviera a su cargo el servicio de gas, transporte y distribución en la ciudad el mantenimiento y conservación de la Plaza General Juan Madariaga; Que, por las presentes actuaciones, la Empresa propone abonar la suma de $ 1.200 mensuales, para que el mantenimiento y conservación lo haga en forma directa la Municipalidad; Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y la Dirección de Producción informan sobre la factibilidad de realizar dichas tareas con el importe que propone abonar la Empresa; Que se hace necesario el dictado de una Ordenanza que recepte la modificación, en atención que el convenio fue convalidado oportunamente por un acto administrativo con intervención del Honorable Concejo Deliberante; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Acéptase la propuesta realizada por la Empresa Camuzzi Gas Pampeana a fs. 13 de las actuaciones Municipales expte. n° 968/2001, consistente en el aporte de la suma de $ 1.200 mensuales, que serán afectados para el mantenimiento y conservación de la Plaza General Juan Madariaga, aporte que se mantendrá hasta el momento que la Empresa tenga a su cargo el servicio de gas, transporte y distribución en la ciudad de General Juan Madariaga.- ARTICULO 2°.- Déjase sin efecto la cláusula SEGUNDO acápite a) del convenio celebrado entre la Empresa y la Municipalidad con fecha 2 de marzo de 2001 convalidado por Ordenanza n° 1262/01.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL DOS.-