Registrada bajo el n° 1359/02.-

  • 26/01/2002

General Madariaga, 8 de agosto de 2002.- VISTO: Expte. del D.E. n° 635/02 Interno 4378 ref. Imposición del nombre “Rene G. Favaloro” al Centro de atención Primaria de la Salud; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 8 de agosto de 2002; La presentación realizada por la Sociedad de Fomento del Barrio Belgrano a efectos de imponer el nombre de René Gerónimo Favaloro al Centro Periférico de Atención Primaria de la Salud, ubicado en dicho Barrio; Que le corresponde la autorización al Honorable Concejo Deliberante, conforme lo dispuesto en el Art. 27° - inc. 4 de la Ley Orgánica de las Municipalidades; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Denomínase con el nombre de “RENE GERONIMO FAVALORO” al Centro Periférico de Atención Primaria de la Salud ubicado en el Barrio Belgrano.- ARTICULO 2°.- Envíese copia de la presente a la Sociedad de Fomento del Barrio Belgrano, Fundación Favaloro y familiares.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DOS.-