Registrada bajo el n° 1373/02.-

  • 26/01/2002

General Madariaga, 14 de noviembre de 2002.- VISTO: Expte. Interno 4403 Nota del Sr. Intendente Municipal ref. remite copia de los Decretos 475/02 y 505/02, Expte. del D.E. n° 942/02 Interno 4435 ref. solicita se inicie expediente e Interno 4439 ref. Decretos 505, 452 y 475; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 14 de noviembre de 2002; Que atento al Expediente n° 036/02 y la causa n° 39-308 ante la UFI n° 1 del Departamento Judicial Dolores, relacionados con irregularidades detectadas oportunamente, en la Municipalidad, se hizo necesario efectuar actos administrativos en el Area de Contaduría y Tesorería; Que, a tal efecto, el Departamento Ejecutivo ha producido los Decretos nros. 505, 452 y 475 que producen designaciones interinas en los cargos de Contador y Tesorero; Que, dichas designaciones en tiempo y forma, debían ser convalidados por el H. Concejo Deliberante, de acuerdo con el art. 188 y 196 y art. 39 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Prov. de Buenos Aires; Que, atento al particular contexto, se requirió la intervención del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia, quien mediante dictamen expresa que “ante circunstancias como la acontecida en el caso planteado, se entiende factible la adopción del procedimiento adoptado” (Fs. 9); Que, el Departamento Ejecutivo en la nota de elevación a este Cuerpo deja constancia que se han constituido la fianza conforme las normas en vigencia; Que, el Concejo Deliberante también hace suyo el criterio del H. Tribunal de Cuentas, en cuanto a que “durante el transcurso del período por el cual fueron nombrados los funcionarios en cuestión rige, lo establecido por los arts. 188 y 196 de la Ley Orgánica de las Municipalidades”; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Convalídase los Decretos nros. 505, 452 y 475 del Departamento Ejecutivo, según los extremos del dictamen producido por el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, en el expediente n° 5300 – 172 – 02.- ARTICULO 2°.- Durante el período por el cual fueron nombrados los funcionarios en cuestión, regirá lo establecido por el art. 188 y 196 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOS.-