Registrada bajo el n° 1376/02.-

  • 26/01/2002

General Juan Madariaga, 14 de noviembre de 2002.- VISTO: Expte. Interno n° 4422/02 iniciado por el Bloque de la Alianza ref. Escudo Oficial del Partido de General Madariaga; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 14 de noviembre de 2002; Que la Ordenanza n° 43/73 merece tener actualizaciones que permitan la utilización correcta del Escudo Municipal; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Modifícase la Ordenanza n° 43/73 incorporando como Artículo 4° el siguiente texto: “El Escudo Municipal será de uso oficial, pudiendo además ser utilizado por instituciones intermedias reconocidas por el municipio siempre que el destino del mismo sea difundir, promocionar y dar sentido de pertenencia en los aspectos turísticos, culturales, deportivos y educativos del partido de General Juan Madariaga”.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOS.-