Registrada bajo el n° 1379/02.-

  • 26/01/2002

General Juan Madariaga, 28 de noviembre de 2002.- VISTO: Expte. del D.E. n° 1023/02 Interno 4445 ref. Decreto 773/02 del Departamento Ejecutivo que efectúa el veto del artículo 4° de la Ordenanza 1372/02; y CONSIDERANDO: Que tratado sobre tablas fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de noviembre de 2002; Que los argumentos expresados por el D.E. son ponderables; Que, en consecuencia, el Cuerpo considera conveniente introducir una modificación en el artículo 4° de la Ordenanza de referencia concordante con la línea argumental del Departamento Ejecutivo; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Modifícase el artículo 4° de la Ordenanza 1372/02 que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 4°: Transfiérese a la Institución el cuidado y mantenimiento de los bienes Municipales, cuyo inventario se realizará en el acto de la posesión efectiva a la entidad concesionaria”.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOS.-